domingo, 31 de octubre de 2004

El Acto Discrecional de los Ayuntamientos

EN CASO DE INCREMENTAR EL NÚMERO DE LAS LICENCIAS EN UN MUNICIPIO

El primer paso es realizar las debidas consultas para poder evacuar los correspondientes informes y segundo efectuar necesariamente la previa resolución administrativa de acuerdo con los factores de Ponderación para determinar el porcentaje de licencias a crear.

Así de esta manera se da por iniciado el correspondiente procedimiento que establece la Ley y la normativa Local aplicable, es decir la propia naturaleza del procedimiento obliga a que deban garantizarse los principios de

·         PUBLICIDAD
·         IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
· LIBRE CONCURRENCIA Y NO DISCRIMINACIÓN.

A partir de este preciso momento la Administración confeccionará las Bases de la convocatoria del concurso y cuya valoración a efectos de las solicitudes se tomarán principalmente en cuenta los elementos subjetivos, donde la Ley reconoce a los asalariados, excluyendo a las personas físicas y jurídicas titulares ya de otra licencia,


No hay comentarios: