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domingo, 31 de octubre de 2004

Legislación de las Comunidades Autónomas


La regla general para todas las CC.AA. es la coordinación de los servicios interurbanos y la creación de Áreas de Prestación Conjunta.

Para ello y ante el vacío legal que sufre el sector, es la Comunidad Autónoma del País Vasco quién se desmarca del resto de las demás al ir más allá y hacer como es debido el examen que se han impuesto y para ello desarrollan una Ley. única y pionera donde verdaderamente es la Propia Comunidad del País Vasco quién de verdad se moja al aprobar una norma que regula de manera global el servicio del Auto-Taxi, mientras que Cataluña, Madrid, Navarra y Comunidad Valenciana, desarrollan una Ley de Transportes con carácter singular e independiente, donde recogen algún precepto que regula ciertos aspectos del servicio de Auto-Taxi sin llegar a disciplinarla en su totalidad, púes el objetivo general era atribuir competencias a los  Municipios para la gestión - ordenación y coordinación de los Transportes Urbanos con carácter general (COMUNIDAD DE MADRID artº 4.1) y que recuerda al declarado inconstitucional arts. 113-118, y dotar de cobertura al régimen sancionador, pues según se indica por aquella fecha el T.Superior de Justicia, empezaron a dictar resoluciones en los que se ponía de manifiesto la falta de cobertura legal del Reglamento Nacional del 79.
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