jueves, 28 de julio de 2005

DECRETO 74/2005, de 28 de julio Rgto del Taxi de Madrid

Por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Transporte Público Urbano en Automóviles de Turismo.

jueves, 21 de julio de 2005

Dictámen Consejo de Estado Proyecto Reglamento

El proyecto de Decreto remitido en consulta tiene por objeto regular el Reglamento de los servicios de transporte público urbano en automóviles de turismo. Encuentra su fundamento en el artículo 9.3 de la Ley 20/1998, de 27 de noviembre, de Ordenación y Coordinación de los Transportes Urbanos de la Comunidad de Madrid, que dispone:
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Pronunciamiento del Consejo de Estado Reglamento de Taxi 2005

El Consejo de Estado, efectúa un Dictamen sobre el Proyecto del Reglamento del taxi de la CAM aprobado el 21 de julio de 2005. Ref 1272/2005, manifestando que:

"El servicio de auto-taxi, realizado por una actividad privada dirigida al público es de un marcado interés general, [....] que requiere de una autorización administrativa, no meramente policial, sino de Funcionamiento que la asemeja en parte a la Concesión, pero que no las sujeta al régimen de estas"

"Por ello, la indicada naturaleza del servicio de los auto´taxis y de sus licencias, comportan que no les sea trasladable, sin más, el régimen y las categorías propias del servicio público y de la relación concesional".
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viernes, 1 de julio de 2005

Dictamen Consejo de Estado Rgto Taxi art 17.1


CONSEJO DE ESTADO
DICTAMEN SOBRE EL Artº 17.1
REGLAMENTO DEL TAXI


"LAS LICENCIAS DE AUTOTAXI, SERÁN TRANSMISIBLES A FAVOR DE CUALQUIER PERSONA FÍSICA, QUE LO SOLICITE, PREVIA AUTORIZACIÓN DEL ÓRGANO COMPETENTE,
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