Que quieran implantar esta modalidad, podrían hacerlo según la debilidad política del momento, ....pero lo que esta muy claro es que en España la Ley de Ordenación del Transporte Terrestre es muy concisa y precisa " para poder realizar cualquier modalidad de transporte se precisa el TÍTULO HABILITANTE:" y estarán a lo indicado a las normas de desarrollo para su aplicación.......
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