jueves, 26 de noviembre de 2020

MY TAXI "Entrevista al nuevo CEO Jaime Rodriguez"

En el año 2017 unas declaraciones desacertadas del uno de los fundadores de MyTaxi provocaron la destitutución del puesto de Dtor Gral 



El nuevo Director General de FreeNow Jaime Rodríguez, asegura que "la convivencia en una misma ´app´ de Taxis y Vtc no es sencilla. Se crean conflictos de intereses, algo que en nuestro caso no ocurrirá".
¿Será verdad?


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sábado, 14 de noviembre de 2020

La Licencia de taxi y el Servicio Público una obligación del operador taxista

GEETAXIMADRID 

Pienso que este colectivo tiene mucho que decir y para ello tenemos que despertar, es hora de empezar a tirar del carro y poner el peso de nuestro colectivo en esa balanza, donde impere la razón y las formas , porque esas diferentes interpretaciones a la que nos vemos sometidos tanto por el derecho público como por el derecho privado, se relacionan y se conexionan desde la óptica que sólo, permiten apreciar las situaciones en que los intereses del taxi están en situaciones contrapuestas y la balanza se desequilibra.

 EN NUESTRA pretensión debemos de ir a metas más objetivas que pongan en buen camino el sentido razonado del SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE DE VIAJEROS EN TAXI y forzar que, LA PUBLICATIO ESTABLEZCA  PARA ESTE SECTOR, un régimen jurídico especial con LA DECLARACION PREVIA DE UTILIDAD Y NECESIDAD PUBLICA, POR ESTAR SUJETOS A LA OBLIGACION DE EXPLOTAR CON REGULARIDAD Y CONTINUIDAD EL SERVICIO. Diferenciándonos claramente de otros tipos de transportes estrictamente urbanos e interurbanos.

viernes, 13 de noviembre de 2020

Finalidad de la Memoria de Análisis de Impacto Normativo (MAIN)?

 

Memorias de análisis de impacto normativo (MAIN)


La finalidad de la Memoria del análisis de impacto normativo (MAIN) es garantizar que en los procesos quienes han de elaborar y aprobar un proyecto de disposición, cuenten con la información necesaria que les permita estimar qué impacto tendrá en los ciudadanos y los medios que necesitarán los administradores para poder aplicarla.

La Memoria contiene la motivación de la necesidad y oportunidad de la norma proyectada, una valoración de las distintas alternativas existentes que han de tenerse en cuenta antes de tomar una decisión, un análisis detallado de las consecuencias económicas y jurídicas, especialmente sobre la competencia, que se derivarán de su aplicación, así como su incidencia desde el punto de vista presupuestario, de impacto de género, y en el orden constitucional de distribución de competencias.

Tipificar la captación de clientes por los VTC "un olvido del legislador"

LA CAPTACIÓN DE CLIENTES POR UN VTC. 

Cuando no se quiere hacer las cosas bien pasa lo que tiene que pasar. Preceptos viciados, Preceptos sin cobertura legal, un sinfín de despropósitos donde el problema al que estoy haciendo referencia deriva del concepto “propiciar la captación de clientes” y su sanción. Y es que no está regulado en un precepto legal, sino que ha sido objeto de aclaración por parte de la Consejería de Transportes de la Comunidad de Madrid. Todo ello a raíz de una consulta en la que se cuestionaba el concepto antes comentado de propiciar la captación de clientes.

En esta comunicación la Consejería de Transporte de la Comunidad de Madrid dictaminó cuándo se consideraría que vulneran este principio. Así, será cuando los VTC se encuentren estacionados, sin haber sido contratados anteriormente, “en cualquier sitio de concentración y generación de demanda de servicios de transporte de viajeros como pueden ser aeropuertos, estaciones de ferrocarril, estaciones de autobuses, hoteles, paradas de taxi, centros comerciales, etc., así como en sus zonas de influencia” .

El recurso de estas multas

Por tanto, la base para conocer cuando un conductor de un vehículo VTC está propiciando la captación de clientes la establece de forma unilateral la Administración. Esto ha llevado a la anulación de estas sanciones por parte de los tribunales, puesto que consideran que estas multas en ocasiones se encuentran viciadas de nulidad al sustentarse las mismas en un argumento que carece de tipicidad y por tanto legalidad.

Así lo ha considerado, entre otros, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Madrid nº 18. En su sentencia relativa al PA 351/2017 se pronuncia sobre esta cuestión al afirmar lo siguiente:

“el hecho de que la definición de qué se entiende como ACCION DE BUSQUEDA DE CLIENTES o CAPTACION DE VIAJEROS haya sido fijada unilateralmente por la propia Administración demandada en sus resoluciones sancionadoras sin mencionar la fuente normativa o jurídica que ha establecido la descripción así utilizada (a lo que se une la circunstancia de que esta descripción no aparece recogida en el art. 141.8 de la LOTT ni en el art. 182.1 del RD 1211/1990 NI EN EL ART. 23 de la Orden FOM/36/2008) CUESTIONA SU LEGALIDAD, POR LO QUE DEBE ADMITIRSE LA ALEGACION DE LA PARTE ACTORA DE LA DUDOSA TIPICIDAD DE LA INFRACCION IMPUTADA Y LUEGO SANCIONADA.”

Esperemos que el Parlamento que están tratando de actualizar el régimen sancionador en materia de transporte no lo echen en el olvido.

AGUARDAR

CAPTACIÓN DE CLIENTES



Bertolt Brecht - Manu Sánchez

Cada vez que alguien me comenta las posibles ventajas de la economía colaborativa y de las disrupciones económicas, le recuerdo el siguiente texto de Bertolt Brecht:


"Primero se llevaron a los judíos, pero como yo no era judío, no me importó.

Después se llevaron a los comunistas, pero como yo no era comunista, tampoco me importó.
Luego se llevaron a los obreros, pero como yo no era obrero tampoco me importó.
Más tarde se llevaron a los intelectuales, pero como yo no era intelectual, tampoco me importó.
Después siguieron con los curas, pero como yo no era cura, tampoco me importó 
Ahora vienen a por mí, pero ya es demasiado tarde."


Las Multinacionales no van a colaborar con nadie, sino consigo mismas. Al resto nos pondrán a trabajar para ellas pero sin salario, vacaciones, paro, antigüedad, indemnización, etc. Marx decía que La historia se repite dos veces, la primera como tragedia, la segunda como farsa, esta nueva esclavitud del SXXI con el beneplácito de los gobiernos, es la farsa que nos tocará vivir

domingo, 8 de noviembre de 2020

Manifiesto en defensa del carácter vehicular del idioma español.


#YoSoyEspañol

El español es el idioma de todos y cada uno de los españoles, la base de nuestra cultura, diversa y plural, la principal garantía de la unidad cuya capacidad vehicular nos enriquece.

El acervo literario y lingüístico pertenece a todos los españoles, sin excepción. Y a seiscientos millones de hispanoparlantes cuyas raíces comparten el orgullo de hablar y escribir la lengua de Cervantes.

Por eso el artículo 3 de la Constitución española establece que “El castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla. Las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas Comunidades Autónomas de acuerdo con sus Estatutos. La riqueza de las distintas modalidades lingüísticas de España es un patrimonio cultural que será objeto de especial respeto y protección".

En el debate parlamentario sobre el contenido de la nueva ley de educación (LOMLOE), el Grupo Parlamentario Socialista, junto a otros grupos, han propuesto y aprobado una enmienda en la que se suprime del texto que "el castellano y las lenguas cooficiales tienen la consideración de lenguas vehiculares".

Hacer país es sumar, nunca restar. Defender lo que nos une. En la historia y en el porvenir.

Para mayor abundamiento, la jurisprudencia del Tribunal Constitucional deja clara la interpretación de la Constitución que establece que cualquier lengua cooficial de una comunidad autónoma puede ser vehicular “…pero eso no puede suponer que el castellano deje de serlo porque todos los españoles tienen derecho a conocerla y utilizarla.

Por otra parte afirma que "corresponde al Estado velar por el respeto de los derechos lingüísticos en el sistema educativo y, en particular, el de recibir enseñanza en la lengua oficial del Estado".

Tristemente de facto el castellano ya no es lengua vehicular en la enseñanza en algunas comunidades autónomas. La enmienda consagra un error histórico.

Cabe en este contexto especular sobre las circunstancias y las razones que han llevado al Gobierno de la Nación a modificar el texto mediante una enmienda acordada entre los grupos políticos PSOE, Podemos, ERC y Bildu.

Los independentistas han declarado: “No nos oponemos a que se estudie el español como lengua, como lo puede ser el inglés o el francés, pero en ningún caso vehicular”.

Sin duda las exigencias de la aprobación del proyecto de Presupuestos, presentado días pasados, han debido ser relevantes a la hora de tomar dicha decisión. Si tal es el caso, el derecho y el deber de conocer y utilizar en el sistema educativo el idioma español no debería ser objeto del debate de Presupuestos dado que pertenece a un ámbito superior, el de los derechos básicos de los ciudadanos y el de la responsabilidad de las instituciones esenciales del Estado.

La enmienda supone una modificación sustancial de la posición del Partido Socialista Obrero Español sobre un tema central en el contenido de los acuerdos adoptados en el Pacto Constitucional.

Los abajo firmantes reclamamos que se respete la evidente naturaleza vehicular del idioma castellano en el contexto de la actividad educativa en todo el territorio español, sin perjuicio del desarrollo y la normalización del resto de las lenguas cooficiales reconocidos y garantizados por nuestra Constitución.

domingo, 1 de noviembre de 2020

Silencio positivo administrativo

 

 ¿Qué es el silencio administrativo?


Cuando estamos hablando de un Silencio administrativo positivo o negativo.

 El silencio administrativo opera en el caso de inactividad por falta de resolución en los procedimientos administrativos, por parte de la administración pública.

En sentido estricto sólo se da el silencio administrativo en los casos de procedimientos iniciados a instancia del interesado o por su solicitud, en los que la administración pública tiene que responder a la petición del particular.

No están sujetos al régimen de silencio los procedimientos de mediación, arbitraje y conciliación, así como aquéllos terminados por pacto o convenio.

El silencio de la Administración frente a una petición puede ser

·          Positivo o Estimatorio

·          Negativo o Desestimatorio

El silencio positivo o estimatorio de la pretensión interpuesta por el interesado se da cuando después de transcurrido el plazo para resolver (3 meses) sino hay notificación por parte de la administración, se entenderá estimada por silencio positivo, a excepción de los supuestos en los que normas con rango de ley o normativa comunitaria establezcan lo contrario.

La estimación por silencio administrativo se considera como un acto presunto de la administración y finalizador del procedimiento.

El silencio administrativo se podrá acreditar por cualquier medio de prueba admitido en Derecho o solicitando el certificado acreditativo del silencio ante el órgano competente para resolver. Este certificado ha de emitirse en el plazo de 15 días desde su solicitud, si la Administración no lo emite el interesado se verá obligado a recurrir a la jurisdicción contencioso-administrativa para que condene a la Administración a entregar tal certificado.

El silencio negativo o desestimatorio se dará:

·         En los procedimientos relativos al ejercicio del derecho de petición del artículo 29 de la Constitución.

·          Aquellos cuya consecuencia sea la transferencia al solicitante  o a terceros facultades relativas al dominio público o al servicio público.

·          En procedimientos de impugnación de actos y disposiciones…….

La desestimación por silencio permite al interesado la interposición del recurso administrativo o contencioso administrativo correspondiente.


Internet en la vida de nuestros hijos

INTERESANTE SU LECTURA PARA CONOCER COMO NOS MOVEMOS POR LAS REDES

 

El Club Bilderberg

UNA PUBLICACIÓN DEL AÑO 2005 
NOS REVELA QUIENES MUEVEN 
EL MUNDO GLOBALIZADO 






                                                       LOS TENTACULOS DEL PODER 

El club Bilderberg contará con la participación de Luis Garicano, responsable económico de C's 


“Para el Club Bilderberg es irrelevante quién sea el presidente español”

https://www.lavanguardia.com/politica/20190529/462547295781/arrimadas-casado-club-bilderberg.html


Qué hacían Arrimadas y Casado en el Club Bilderberg