viernes, 19 de mayo de 2006

Proyecto Consorcio del Taxi

Una reforma para el Taxi del futuro

La reforma que estamos solicitando debe centrarse en la consecución de la propuesta que exponemos sobre el conjunto del Proyecto Geet "Taxi Urbano Social Public" (TU-SP) , dónde va a suponer un profundo cambio normativo en la regulación del sector, cómo sería través de la futura Ley del Taxi.
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martes, 2 de mayo de 2006

LOS LIBROS VERDES Y BLANCOS

Los libros verdes,  son documentos publicados por la Comisión Europea cuyo objetivo es estimular una reflexión a nivel europeo sobre un tema concreto. En ellos, se invita a las partes interesadas (organismos y particulares) a participar en un proceso de consulta y debate sobre las propuestas que presentan. En algunos casos sirven para impulsar la adopción posterior de legislación. Es una herramienta para promover y ampliar accesos y posibilidades de elección sobre el transporte público por parte del usuario en sus desplazamientos cotidianos colocando sus necesidades en el centro de las decisiones en materia de oferta de transporte.  Con este propósito la Comisión reorienta su trabajo de investigación y desarrollo  hacia la mejora del transporte público y sobre todo de la innovación de servicios de puerta a puerta, como es el desarrollo de una red que abarque toda Europa, que conecte el transporte local con el de larga distancia, de tal manera que los pasajeros puedan pasar con facilidad de un modo hacia otro a través de un sistema único de billetaje. (del avión al tren o al autobús y viceversa, o desde los medios de transporte individual a los de transporte público). 

Es importante decir, que los libros verdes tras un proceso de consultas a escala europea y debates de propuestas presentadas, estas dan origen a novedades legislativas que se reflejan posteriormente en los libros blancos.

Estos libros blancos, son documentos que contienen propuestas de acción de la Unión Europea en un campo o materia específica. Son documentos publicados por la Comisión Europea cuyo objetivo es estimular una reflexión a nivel europeo sobre un tema concreto. Como decimos, suelen publicarse tras haber finalizado el proceso de consulta a nivel europeo puesto en marcha por un libro verde. 

No siempre constituyen una continuación de los libros verdes. Los libros blancos a diferencia de los libros verdes, presentan un abanico de ideas para debate público, contienen propuestas oficiales concretas y sirven de vehículo para su desarrollo. Consultar los Libros Blancos de la Comisión Europea(127). Cuando un Libro Blanco es acogido favorablemente por el Consejo de la Unión Europea, puede dar lugar a un programa de acción de la Unión en el ámbito tratado.

El primer Libro Blanco sobre realización del mercado interior del año1985,( )  es un ejemplo de proyecto que fue aprobado por el Consejo y dio lugar a la aprobación de una legislación de amplio alcance en este campo. Este documento definía las 279 medidas legislativas necesarias para la supresión de los obstáculos a los intercambios en la Comunidad y proponía un calendario para que el mercado interior europeo se alcanzase el 31 de diciembre de 1992. Por aquel entonces, contenía una serie de recomendaciones destinadas a garantizar la libre prestación de servicios, estableciendo ciertos imperativos de la política común de transportes. A pesar de los esfuerzos de la Comisión, esa línea avanzó muy poco hasta la segunda mitad de los años ochenta, de cuya consecuencia se abrió un recurso por omisión presentado por el Parlamento Europeo contra el Consejo Europeo. 

Tras la frustración derivada de más de 25 años de una legislación incompleta, el Parlamento Europeo tomó la iniciativa sin precedentes de llevar al Consejo de la Unión Europea ante el Tribunal de Justicia de la Unión, por su fracaso a la hora de desarrollar una política común de transportes. El Tribunal de Justicia hubo de intervenir en varias ocasiones en cuestiones de base, relativas a la interpretación de las disposiciones referentes a los transportes, expresado en el Tratado de Roma, para así posibilitar los avances en este sentido. Este proceso alcanzó su punto culminante en la sentencia de 22 de mayo de 1985, donde el Tribunal de Justicia instó al Consejo a actuar en el ámbito de la política de transportes, año en el que el Tribunal de Justicia declaró que el transporte interior de mercancías y pasajeros quedaría abierto a todas las empresas de la Eurozona, sin discriminación por razón de nacionalidad o lugar de establecimiento. 

La sentencia judicial de 1985 tuvo como consecuencia inmediata la publicación por la Comisión Europea del Libro Blanco sobre el mercado interior, en el que se hace referencia específica al transporte y a determinados objetivos que debían alcanzarse antes de 1992, proponiendo un nuevo enfoque de armonización técnica basado en el reconocimiento mutuo de normativas entre Estados miembros -muy importante lo que dice este párrafo-. 

Pero no fue hasta el año 2000 donde la política de transporte europea cobra mucho más dinamismo, al alterar el espíritu de los Tratados e impulsar tres orientaciones en los siguientes ámbitos: la creación de un verdadero mercado libre (sin restricciones cuantitativas y cualitativas), el aumento de los contingentes bilaterales y del contingente comunitario, y la eliminación de las luxaciones de la competencia. 

La Comisión pasó entonces a colocar los transportes entre las prioridades para la realización del mercado interior, reconociendo al mismo tiempo que la eliminación de las restricciones en cuanto a la prestación de servicios de transporte es un elemento esencial, si se deseaba, que se alcanzase el efecto máximo en cuanto a la eliminación del resto de las barreras administrativas, técnicas, fiscales, aduaneras o de otra índole. 

El informe elaborado por la Comisión, ya por aquel entonces indicaba que en todo lo referido a la armonización del transporte y a la apertura de los mercados, que hasta ahora eran nacionales, era preciso un examen continuo de la necesidad de adoptar medidas comunitarias para hacer frente a los problemas que las medidas de liberalización no podían resolver por sí mismas a través de la realización del mercado interior. De hecho, el informe indicaba  que podían verse agravados por la aparición de una competencia directa, entre operadores sujetos a regímenes normativos nacionales o regionales, aún divergentes, en materias tan distintas entre sí; la organización de mercados, los impuestos y otras cargas, los requisitos técnicos, las obligaciones sociales, medioambientales y de seguridad, los regímenes de responsabilidad civil, etc. Y que todo ello, se tendría que consolidar para llegar a conseguir el avance europeo de la uniformidad del sistema en toda la unión europea.


CONTINUARÁ.......