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domingo, 31 de octubre de 2004

Revocación y extinción de la licencia


La Ley 57/2003, de Medidas para la modernización del gobierno local, el cual tiene por objeto la TIPIFICACIÓN de las licencias se otorgan por un periodo indefinido de validez, excepto cuando se puedan tratar de carácter estacional, las cuales establecen un periodo de caducidad.

La Administración al igual que en las CONCESIONES, sigue siendo el SEÑOR DEL SERVICIO, y en cualquier momento podría ordenar el rescate de la licencia, previa indemnización a su titular (Esto podría venir en nuestra LEY.
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