viernes, 13 de febrero de 1987

REAL DECRETO 262/1987, 13 de de febrero

Regulación de la utilización de vehículos arrendados para la realización de transporte por carretera

OBJETIVO; la Directiva 84/647 de la Comunidad Europea, que establece la adopción de medidas inmediatas sobre el arrendamiento de vehículos representando un avance en el proceso de modernización y racionalización del funcionamiento del sistema de transporte.

Con la promulgación de este real decreto se trata de adoptar nuestro anterior derecho ( que exigía en todo caso, la propiedad de los vehículos) a las condiciones de dinamicidad que garantiza en la actualidad el mercado de transporte.

A su vez se deroga el Real decreto del año 1984 referido exclusivamente al arrendamiento de vehículos para uso particular, recogiéndose en el que se aprueba una regulación que posibilita poder utilizar vehículos arrendados por parte del transportista que ha de ir lógicamente acompañada de la correspondiente al ejercicio de la actividad de arrendamiento de vehículos por parte de las empresas arrendadoras.
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