jueves, 20 de diciembre de 2018

INFORME CNMC ANDALUCÍA "TRANSPORTE DISCRECIONAL VEHÍCULOS DE TURISMO"

CIRCULAR SOBRE LA ORDENACIÓN DEL TRANSPORTE DISCRECIONAL DE PASAJEROS EN VEHÍCULOS DE TURISMO, CON ESPECIAL INCIDENCIA EN LA NORMATIVA DE ÁMBITO LOCAL.

martes, 18 de diciembre de 2018

DESAFIO QUE HAY QUE AFRONTAR EN EL TRANSPORTE

 Hacia un sector de los transportes eficaz en la UE: desafíos que hay que afrontar

SENTENCIAS TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

 

INFORME

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL 11.12.2012

AUTO NÚM 237/2012

ASUNTO: Cuestión de inconstitucionalidad: posibilidad de sancionar a los titulares de las licencias de explotación de la actividad por infracciones cometidas por otras personas: vulneración del principio de legalidad penal.

Es planteada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 11 de Madrid en relación con el art.º 138 de la LOTT y por derivación al artº16 de la LOCTUM por posible vulneración el art 25.1.CE.

Acompaña al escrito auto 30.7.2012

HECHO IMPUGNADOS

1.- No llevar en lugar visible del taxi los distintivos o rótulos exigidos por la normativa (ocultar la tarjeta).

2.- Cargar viajeros fuera de la parada establecida (Barajas)

3.- Incumple el régimen tarifario (prestar servicio sin conectar taxímetro).

El servicio lo presta un asalariado.

ACUERDO: inadmitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad.

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL   25.2.2013

AUTO 053/2013

ASUNTO: Cuestión inconstitucional 4389/2012 por desaparición sobrevenida de su objeto.

Es planteada por la Sección Segunda de la Sala de los Contenciosos-Administrativo del TSJM al que eleva asunto sobre artº16 apartado 2b 7 de loa LOCTUM.

HECHOS:

Sanción de 2000 euros y suspensión de la licencia durante tres meses por infracción art 16 en relación con el art. 60b 7 del Decreto 74/2005 por buscar viajeros fuera de la parada oficial establecida con taxímetro en marcha.

Según el Fiscal General el Estado presentó alegaciones al TC y a su juicio, el precepto legal cuestionado no PREVÉ elemento alguno que defina cuando unos hechos o circunstancias son condiciones esenciales de la licencia o autorización, sino que contiene una remisión genérica al Reglamento. Es “decir este precepto excede de la colaboración desreglamentaría permitida por el art.º 25.1. CE”.

Por lo tanto, el apartado 7 del art 16.2b de la LOCTUM ha sido declarado inconstitucional y nula por la STC 132013 y expulsado del ordenamiento.

SENTENCIA INCUMPLIMIENTO SERVICIO DE TAXI EN PARADAS

13/2013 – Sala Primera del Tribunal Constitucional

ASUNTO: Cuestión de inconstitucionalidad nº 5371-2011 planteada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia sobre apartado 7 del art 16.2b de la LOCTUM

INTERVINIENTES:

Abogado del Estado 

Letrado de la Comunidad de Madrid 

Fiscal General del Estado

HECHOS:

Resolución Delegado Área de Gobierno de Seguridad y Movilidad.

El 28.3.2008 se impuso una sanción de 2000 euros a un taxista por infracción del art.16 de la LOCTUM, en relación con el art 60.b)7 y el art.39.2 del Decreto 74/2005, por incumplimiento de las condiciones de prestación del servicio relativas al régimen de paradas.

Tras efectuar recurso de reposición se desestima por resolución del delegado del área 6.6.2008.

Contra esta resolución se interpone recurso Contencioso-administrativo del Juzgado de los Contencioso 28 que con fecha 23/12/2009 dicta sentencia desestimatoria del recurso.

 Esta Sentencia es re reunida en apelación y es el TSJM Sección Segunda quién abre un plazo de 10 días Auto 15.97.2011 para efectuar alegación de plantear cuestión de inconstitucionalidad en relación a dicho apartado.

La constitucionalidad se encuentra en ese apartado expreso “cualquiera otras que puedan establecerse reglamentariamente” vulnera el art.251 CE ya que habilita genéricamente a un reglamento 74/2005 para configurar EX-NOVO de obligaciones o prohibiciones cuya contravención de origen a una infracción sancionable.

La Sala del Pleno del Tribunal 7.11.2011 acuerda admitir a trámite la cuestión de Inconstitucionalidad por lo que se difiere el asunto y de las actuaciones recibida mediante resolución al Presidencia: Congreso de los Diputados y Senado por conducto presidente, al Gobierno por conducto Ministerio de Justicia al Fiscal General del Estado y Gobierno de la Comunidad de Madrid y Asamblea de Madrid por conducto de presidentes para su personación en el proceso y formular alegaciones.

Según el Abogado del Estado, a su juicio, está cuestión debe resolverse aplicando la doctrina contenida en la STC 104/2009, de 4 de mayo en la que se establece que desde el punto de vista de la garantía formal, el art 25.1. CE no excluye que la norma de rango legal contenga remisiones a normas reglamentarias, siempre que aquellas queden suficientemente determinados los elementos esenciales de la conducta antijurídica.

lunes, 17 de diciembre de 2018

ACCIONES EN DEFENSA DEL TAXI

*RESUMEN DE LAS ACCIONES EN DEFENSA DEL TAXI*

El STAC ya está personado prácticamente en todos los litigios existentes en defensa de los taxistas y en contra de la liberalización que se pretende, de forma clara del sector de las VTC para arruinar directamente al sector del taxi.

El pasado día 14 de junio, el STAC se personó en la sala de lo Contencioso Administrativo número 14, solicitando al magistrado la presencia de nuestra organización como parte afectada en el litigio que ha planteado ARES CAPITAL contra la Generalitat de Catalunya al no concederle las 100 autorizaciones que solicitó en su día. En el escrito presentado  por nuestros servicios jurídicos se hace referencia al impacto económico negativo en el sector del transporte por autotaxi que representaría si se concedieran las licencias VTC solicitadas.

La administración autónoma negó las peticiones en base a la ley de julio de 2013. ARES CAPITAL ha solicitado un total de 800 autorizaciones en lotes de 100.

El STAC seguirá insistiendo en esta línea ya que los taxistas no han sido citados en un proceso judicial como este cuando son los más afectados en caso de darse todas las autorizaciones que se han solicitado. Sólo en Catalunya son cerca de 3000.

Las autorizaciones solicitadas por ARES CAPITAL y otras empresas en su mayoría serán para venderlas en el mercado secundario como está sucediendo con las concedidas por via judicial del periodo entre 2009 y 2013. De ese periodo dieron en Catalunya un total de 400

GOÑI Y OTROS RELACIONADOS CON EL HAN PEDIDO CERCA DE 350 VTC

De entre los peticionarios de las 3000 autorizaciones pendientes de los tribunales, hay un grupo a destacar comandado por Jose Mª Goñi (actual dirigente de UNAUTO--asociacion de VTC`s) que ha solicitado bien directamente o a través de empresas donde él es participe de una forma directa o indirecta junto con otros socios como José Luis Gómez Corchero y Miguel Angel Martin Beti, cerca de 350 licencias.

Estos dos últimos ex taxistas y Goñi titular de una licencia en Puigcerdà. Los tres nombres figuran con distintos cargos en las tres empresas siguientes: Taxi Travel Ticket, Radio Taxi Barcelona y Prestige and Limosine. Las autorizaciones solicitadas por esas empresas más las realizadas de forma individual por ellos suman un total al entorno de 350. Todas ellas pendientes de resolución judicial.

TODO EL ENTRAMADO DEL MERCADO SECUNDARIO EN CONOCIMIENTO DE LAS AUTORIDADES JUDICIALES

El STAC ya ha puesto en conocimiento del Síndic de Greuges todo el entramado que se ha producido, entre 2009 y 2013 en la compra-venta de las autorizaciones obligadas a concederlas por vía judicial, y la especulación que se puede producir en caso que se pongan en la calle todas las autorizaciones solicitadas (cerca de 3000 solo en Catalunya)

A través de FEDETAXI, organización nacional donde está integrada el STAC, ya se ha puesto en conocimiento de la Fiscalía de Delitos Económicos la reventa de las licencias que se ha producido con las concedidas hasta ahora por vía judicial desde el 2009. La Fiscalía de Málaga también investiga la reventa de las autorizaciones.

El STAC ya  se ha personado en diferentes recursos en contra de la desregulación del taxi pretendida por determinados sectores económicos e incluso por parte de algunos departamentos de la Administración como ha sido el ministerio de Economía.

Concretamente contra el recurso de la Comisión Nacional de la Competencia (CNMC) solicitando sean modificados o anulados algunos artículos del  ROTT aprobado en noviembre del 2015. Entre ellos los límites cuantitativos (1/30), las restricciones geográficas y el establecimiento de un número mínimo de vehículos.

El STAC ha solicitado tanto a la Generalitat de Catalunya como al Área Metropolitana de Barcelona (AMB) un estudio medioambiental del impacto que supondría la autorización de estas 3000 VTC en nuestro territorio.

El trabajo constante es el que perdura

viernes, 7 de diciembre de 2018

Jubilación anticipada

 

El senado aprueba una moción para rebajar la edad de jubilación de los conductores profesionales

https://www.transportealdia.es/el-senado-aprueba-una-mocion-para-rebajar-la-edad-de-jubilacion-de-los-conductores-profesionales/

lunes, 3 de diciembre de 2018

Resolución de 3 de diciembre de 2018 (Visados de autorizaciones)

De la Dirección General de Transporte Terrestre, por la que se establece el calendario de visados de las autorizaciones de transporte y de actividades auxiliares y complementarias del transporte.