viernes, 28 de septiembre de 2018

Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad

 Resolución de 26 de septiembre de 2018 del Secretario General Técnico del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad por la que se ordena la publicación de la Resolución de 26 de septiembre de 2018 del Director General de Gestión y Vigilancia de la Circulación por la que se modifica la Resolución del Director General de Gestión y Vigilancia de la Circulación por la que se establece para el año 2018 el régimen ordinario de descansos en días festivos de lunes a viernes, el correspondiente a los sábados y los domingos y los turnos de descanso durante el período estival (BOAM de 20 de diciembre de 2017), en lo que se refiere al régimen ordinario de descansos los sábados y los domingos de los meses de octubre, noviembre y diciembre.

Considerando que el Ayuntamiento, en el ejercicio de sus competencias, debe velar por que la prestación del servicio de taxi quede garantizada, sea de calidad y ofrezca la necesaria cobertura, para lo cual tiene atribuidas legalmente las competencias de ordenación y gestión contempladas en el artículo 4.1 de la Ley 20/1998, de 27 de noviembre, de Ordenación y Coordinación de los Transportes Urbanos de la Comunidad de Madrid.

Visto lo dispuesto en el apartado dos del artículo 37 de la Ordenanza Reguladora del Taxi, en virtud del cual: "El órgano municipal competente podrá establecer dentro del periodo máximo indicado en el último párrafo del apartado b) anterior la duración del descanso obligatorio los sábados y domingos (...)".

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