viernes, 14 de marzo de 2008

Jubilación antes de los 65 años

El colectivo de bomberos podrá jubilarse antes de los 65 años con todos los derechos.

El Real Decreto aprobado hoy, establece coeficientes reductores de la edad de jubilación para este colectivo
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Coeficiente reductor de la edad de jubilación en favor de los bomberos

Real Decreto 383/2008, de 14 de marzo,   por el que se establece el coeficiente reductor de la edad de jubilación en favor de los bomberos al servicio de las administraciones y organismos públicos.
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