domingo, 1 de noviembre de 2020

Silencio positivo administrativo

 

 ¿Qué es el silencio administrativo?


Cuando estamos hablando de un Silencio administrativo positivo o negativo.

 El silencio administrativo opera en el caso de inactividad por falta de resolución en los procedimientos administrativos, por parte de la administración pública.

En sentido estricto sólo se da el silencio administrativo en los casos de procedimientos iniciados a instancia del interesado o por su solicitud, en los que la administración pública tiene que responder a la petición del particular.

No están sujetos al régimen de silencio los procedimientos de mediación, arbitraje y conciliación, así como aquéllos terminados por pacto o convenio.

El silencio de la Administración frente a una petición puede ser

·          Positivo o Estimatorio

·          Negativo o Desestimatorio

El silencio positivo o estimatorio de la pretensión interpuesta por el interesado se da cuando después de transcurrido el plazo para resolver (3 meses) sino hay notificación por parte de la administración, se entenderá estimada por silencio positivo, a excepción de los supuestos en los que normas con rango de ley o normativa comunitaria establezcan lo contrario.

La estimación por silencio administrativo se considera como un acto presunto de la administración y finalizador del procedimiento.

El silencio administrativo se podrá acreditar por cualquier medio de prueba admitido en Derecho o solicitando el certificado acreditativo del silencio ante el órgano competente para resolver. Este certificado ha de emitirse en el plazo de 15 días desde su solicitud, si la Administración no lo emite el interesado se verá obligado a recurrir a la jurisdicción contencioso-administrativa para que condene a la Administración a entregar tal certificado.

El silencio negativo o desestimatorio se dará:

·         En los procedimientos relativos al ejercicio del derecho de petición del artículo 29 de la Constitución.

·          Aquellos cuya consecuencia sea la transferencia al solicitante  o a terceros facultades relativas al dominio público o al servicio público.

·          En procedimientos de impugnación de actos y disposiciones…….

La desestimación por silencio permite al interesado la interposición del recurso administrativo o contencioso administrativo correspondiente.


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