domingo, 31 de octubre de 2004

La transmisión del Título Habilitante

Algunos juristas y ciertos profesores (Menéndez Rexach y J.Botella Carretero), nos definen como protegidos del sector y que traficamos con las licencias, no queriendo reconocer que existiendo evidentemente una transacción económica llamada Fondo de Comercio de bienes inmateriales, este tipo de transacción se realiza bajo cobertura legal jurídica y con la previa anuencia de la administración, que para ello cobrará la oportuna tasa

No obstante no somos los únicos ya que se cuenta con múltiples situaciones paralelas, encontrándonos con la creación de un mercado singular ( El de las licencias, los derechos de emisión o la mera entrada del bien en el mercado (LAS VPO) con lo cual a las prácticas de estas transmisiones de contenido económico y derechos evidentes de contenido patrimonial , se ponen tradicionalmente ciertos límites.
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La transmisión del título es un acto administrativo de asignación como las

·         VPO
·         Cuotas Lecheras
·         Slots aeroportuarios
·         Derechos de emisiones de efecto invernadero
·         Taxi

Donde todos ellos juegan un papel patrimonial y que de acuerdo con las diferentes normativas Autonómicas, el régimen de Transmisión de la licencia presentan claras diferencias siendo lo más destacable:

1.- La novación subjetiva de la licencia, donde mantiene el requisito CATALUÑA , ( personas
     Físicas y jurídicas, en MADRID, ( personas físicas ), en el PAÍS VASCO ( personas físicas ).

2.- Relación de preferencia de los asalariados en la adquisición mediante atribución de un derecho de tanteo.

1.  CATALUÑA (Valora solo preferentemente la condición de asalariado solo en las licencias de nueva creación )

2.   MADRID ( artº 17 Este artículo a juicio del Consejo de Estado en su Dictamen sobre el Proyecto de Reglamento ,indica que esta previsión carece de virtualidad jurídica, al no tener cobertura en una norma de Rango Legal (Ref. 1272/2005).

3.   De orden cuantitativo,donde se fijan limites de concentración de licencias en una misma persona.

   MADRID,              máximo de 3 licencias 10% del total del Municipio
   CATALUÑA,          máximo de 50 licencias 15% del total del Municipio
   PAÍS VASCO        1 licencia 1 conductor.

Continuará.............


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