sábado, 9 de septiembre de 2017
viernes, 8 de septiembre de 2017
El Laberinto del Taxi 9
DIFICULTADES Y FACTORES
jueves, 7 de septiembre de 2017
El Laberinto del Taxi 8
SERVICIOS PÚBLICOS ESENCIALES DE TRANSPORTE
miércoles, 6 de septiembre de 2017
El Laberinto del Taxi 7
EL SERVICIO PUBLICO DEL TAXI Y SU PRESTACIÓN
(Artículo rescatado 1996)
martes, 5 de septiembre de 2017
IR 37/2017 Decreto Ley 5/2017, de 1 de agosto,
El Laberinto del Taxi 6
COMPETENCIAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
(Artículo rescatado 1996)El Estado y las Comunidades Autonómicas respetan el derecho de los Entes Locales a la hora de intervenir en los asuntos que afectan a sus intereses, artículo 25 y 26 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local (LRBRL), donde la citada Ley les atribuyen competencias de transporte público de viajeros, al considerar para dichos Entes, sedes de gestión de servicios públicos, esenciales y de atención a las necesidades fundamentales de la ciudadanía.
lunes, 4 de septiembre de 2017
El Laberinto del Taxi 5
ÁREA JURÍDICA
(Artículo rescatado 1996)
IR 31/2017 INFORME DE COMPETENCIA DE CATALUÑA
jueves, 31 de agosto de 2017
ABIERTO TRÁMITE INFORMACIÓN PÚBLICA PROYECTO ORDENANZA DEL TAXI
B) Disposiciones y Actos 1857
Resolución de 31 de agosto de 2017 de la Directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno y Relaciones con el Pleno por la que se abre el trámite de información pública del expediente de aprobación del proyecto inicial de modificación de la Ordenanza Reguladora del Taxi.
El Laberinto del Taxi 4.
ADMINISTRACIONES QUE MIRAN HACIA OTRO LADO
El lado oscuro de las Apps
A partir del año 2011 aparecían varias startup con el objetivo de ofrecer vehículos con conductor "que no fueran taxis" para hacer disfrutar al usuario de una experiencia "única".
Una botella de agua, elección libre de música, ventanas tintadas, precio fijo que alteran en momentos de alta demanda aplicándoles precios dinámicos. Y dicen, que SON más barato que el prestado por los taxistas.
EN EL FUTURO TE VAN A COBRAR LO QUE ELLOS QUIERAN.
https://m.madridiario.es/noticia/447857/transportes/el-lado-oscuro-de-cabify.html
martes, 22 de agosto de 2017
El Laberinto del Taxi 3
DÓNDE QUIEREN QUE ESTEMOS EN UN FUTURO
(Artículo rescatado 1996)
lunes, 21 de agosto de 2017
APROBACION DECRETO LEY 5/2017 EN CATALUÑA Y LA OPOSICIÓN DE LOS DISRUPTORES
Dicen desde UNAUTO que el sector del arrendamiento de vehículos con conductor ha formado parte del sistema español de transporte durante décadas, es cierto pero, nunca ha irrumpido dentro del sistema publico del taxi.
Dicen que ofrecen una alternativa más de movilidad urbana a disposición de los ciudadanos. Pero el caso es que consentidores políticos y administrativos les han puesto la alfombra roja para que irrumpan dentro del sistema de prestación del servicio público y eso tiene un nombre "disruptores del sistema común de transporte".
Dicen que la tecnología ha propiciado la aparición de nuevos servicio. Un cambio al que las VTC han sabido adaptarse para, de la mano de las plataformas de intermediación, modernizarse y ofrecer a sus clientes un servicio más asequible y de mayor calidad. El Taxi ya estaba adaptado a estas circunstancias de cambio utilizando dichas apps de acuerdo a modo operandi y nunca agrediendo en el terreno de los VTCs. Aquí está la diferencia de insistir diciendo que se cumpla la Ley.
viernes, 18 de agosto de 2017
El Laberinto del Taxi 2
MOVILIDAD SOSTENIBLE
martes, 15 de agosto de 2017
martes, 1 de agosto de 2017
DECRETO LEY 57/2017 MEDIDAS URGENTES ORDENACIÓN SERVICIOS VEHÍCULOS AUTOMÓVILES
Decreto-ley 5/2017, de 1 de agosto, de medidas urgentes para la ordenación de los servicios de transporte de viajeros en vehículos hasta nueve plazas.
viernes, 28 de julio de 2017
El Laberinto del Taxi 1
SERVICIOS PÚBLICOS Y SERVICIOS DE INTERÉS GENERAL
LA RENOVADA ACTUALIDAD DE LOS PRIMEROS….
(Artículo rescatado 1996)En lo que respecta a las técnicas, organizativas y funcionales, de las que se sirve el Estado para cumplir su responsabilidad indeclinable en las condiciones de la vida social. Hoy son utilizadas para ejecutar un periodo de transición, en el que la aparición de soluciones nuevas, con sustitución de las tradicionales, puedan convivir con el mantenimiento de éstas, sin que sea posible, -ni anticipar- el resultado del proceso en curso y cuál puede ser su efecto. Esto vale especialmente para la satisfacción de necesidades colectivas en términos de dación de bienes y prestación de servicios de interés económico, en sectores expuestos a la intenacionalización de la economía y sensibles a la evolución científico-tecnológica.
jueves, 27 de julio de 2017
lunes, 24 de julio de 2017
martes, 18 de julio de 2017
FOMENTO CONVOCA REUNIÓN CON EL AYUNTAMIENTO DE BCN (Reglamento Autonómico)
miércoles, 12 de julio de 2017
OBSERVACIONES PROYECTO DE RD MODIFICACIÓN DIVERSAS NORMAS REGLAMENTARIAS
INFORME QUE EMITE EL DEPARTAMENTO DE VIAJEROS DEL
COMITÉ NACIONAL DEL TRANSPORTE POR CARRETERA SOBRE
EL PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICAN
DIVERSAS NORMAS REGLAMENTARIAS PARA ADAPTARLAS A LA
LEY DE ORDENACION DE LOS TRANSPORTES TERRESTRES
(LOTT) Y A LOS CAMBIOS INTRODUCIDOS EN LA
REGLAMENTACION DE LA UNION EURROPEA
viernes, 7 de julio de 2017
DIRECTIVA IMPLANTACIÓN DE LOS SISTEMAS DE TRANSPORTE INTELIGENTE
PNL INSTANDO AL GOBIERNO ACTUACIONES MEJORAS SP TAXI
ENMIENDA (GPS taxi)
De modificación
“El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a llevar a cabo las siguientes actuaciones favorecedoras de un servicio público de taxi de calidad y sostenible:
1º.- Impulso de una Plataforma Digital a nivel estatal para la solicitud de taxis que refuerce la calidad y competitividad de este servicio público, favoreciendo a todos sus usuarios y, en especial, enfocado al turismo como sector estratégico.
2º.- Estudiar la puesta en marcha de Planes de Ayudas al Abandono de la Profesión de Taxista de financiación mixta (público-privada), por el que se compense económicamente a los taxistas que aúnen prejubilación y cese en la actividad, como medida reconversión sectorial y apoyo social a este colectivo de más de 70.000 autónomos, semejante al que ya disfrutan los transportistas de mercancías; todo ello previo proceso de escucha y consenso con el sector y sin que tenga como consecuencia la retirada de licencias de auto taxis (VT).
3º.- Adoptar medidas favorecedoras de la profesionalización de los conductores de vehículos de transporte público de viajeros hasta 9 plazas, con las introducción de una formación homogénea, a través de fórmulas como la de un Certificado de Actividad Profesional (CAP) específico para los conductores, que integre el uso de nuevas tecnologías, formación en idiomas y en atención al cliente.
4º.- Revisar el marco jurídico del servicio público de taxi para posibilitar una mayor competitividad y calidad, respetando la esencia y naturaleza del servicio (intervención pública, licencias limitadas y tarifas públicas) así como una mejor regulación de las actividades de intermediación del transporte urbano de viajeros en vehículos turismo, con el refuerzo de los derechos de los usuarios.
5º.- Fomentar la atención a los colectivos más desfavorecidos, personas de movilidad reducida y mayores para posibilitar su acceso real y efectivo a los servicios de taxi y en particular en zonas rurales y periurbanas; así como facilitar mecanismos de financiación para la adaptación de la flota de taxis a estas necesidades ciudadanas, además de potenciar la inclusión de tarifas específicas para los ciudadanos en riegos de exclusión, así como tarifas ecológicas a aplicar en episodios de alta contaminación.
6º.- Apoyo público a políticas de eficiencia medioambiental en el taxi y la aceleración de la introducción de vehículos no contaminantes y accesibles, con especial atención a la electrificación de la flota, propiciando las infraestructuras y cambios regulatorios necesarios para ello.
7.- Intensificar junto a comunidades autónomas y ayuntamientos, las inspecciones necesarias para evitar el intrusismo y competencia desleal, además de poner en marcha todas las acciones necesarias para que se garantice la aplicación de la regla de la proporcionalidad recogido en el artículo 181.3 del ROTT, así como la implantación de una batería de medidas anti especulación a aplicar a las licencias VTC, como, entre otras:
Establecer una limitación temporal a la transmisión de VTC idéntica a la establecida para mercancías en el artículo 26.1.d) de la Orden FOM 734/2007.
Exigir el desarrollo efectivo de la actividad de alquiler con conductor en un plazo máximo de tres meses desde la notificación de la adjudicación de la tarjeta y no pudiendo dejar de prestarla durante periodos iguales o superiores a sesenta días consecutivos en el plazo de un año.
Mantener la exigencia de un número mínimo de conductores que garantice la existencia de una verdadera actividad de transporte. “



















