jueves, 31 de agosto de 2017

El Laberinto del Taxi 4.


ADMINISTRACIONES  QUE MIRAN HACIA OTRO LADO


(Artículo rescatado 1996)
                                                                        MANU SÁNCHEZ


El criterio territorial es el elemento general para la distribución de competencias de transportes terrestres, no obstante la  movilidad urbana está centrada en la intervención de la  Administración General del Estado en conciertos de actuaciones en infraestructuras y de programas de transporte urbano e interurbano, donde se enmarca la previa elaboración, por parte de las administraciones competentes, de un plan de movilidad sostenible (PMS), para el ámbito de actuación del que se trate, en el que en línea con la estrategia temática que la Unión Europea ha desarrollado a partir del 2005,  se fomente el uso del transporte público y los medios no motorizados y se atienda al cumplimiento de las directivas europeas en materia de control de emisiones de gases de efecto invernadero ( 5.1.6. PEIT ).

El 12 de Septiembre del 2001, la Comisión Europea dio luz  verde  al    segundo    Libro     Blanco "LA POLITICA EUROPEA de transporte de cara al 2010, LA HORA DE LA VERDAD",para integrar los transportes en el desarrollo sostenible,  incluyéndose 60 propuestas, que se debían de adoptar a escala comunitaria, incluidas en un programa de acción a aplicar de forma paulatina, hasta el 2010/2020, y a través de los distintos enfoques autonómicos en España.

Parece ser que todos esos 60 planes, su control y cumplimiento se efectúa por medio del mecanismo de seguimiento TERM (Transport and Enviroment Reporting Mechanism ) y donde se hace un balance intermedio respecto al año 2005 para comprobar, sí se están alcanzando los objetivos tanto cuantitativos como específicos para introducir modificaciones si procediera.

En Madrid, el Parlamento Autonómico ha legislado sobre materia de transporte urbano y su coordinación con el interurbano donde a su vez define al transporte de viajeros en automóviles turismo en cuanto se refiere a la licencia municipal, indicando que corresponderán a una categoría única, denominadas licencia de AUTO-TAXI.

¿Qué inconvenientes existen para poder desarrollar una Ley del Taxi integral y su correspondiente desarrollo reglamentario?

El transporte terrestre por carretera y de transporte urbano, tiene su Ley y su Reglamento y a su vez están ordenados, coordinados e interconexionados. La primera división de este transporte, se forja en ideas comunes comunitarias, donde el Servicio Público de Transporte colectivo viene amparado por un Reglamento Comunitario que está en fase de desarrollo.

¿Y el TAXI por qué no quieren que desarrolle su evolución?

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