Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Parce ser que tras los primeros resultados obtenidos del comportamiento de confinamiento, resultó necesario introducir modificaciones orientadas a reforzar la protección de la salud pública y asegurar el funcionamiento de los servicios públicos esenciales.
Con la aprobación del RD 465/2020, de 17 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, que declara el Estado de Alarma, modifica el apartado 1 del artículo 10 al incluir el ejercicio profesional de la actividad de peluquería a domicilio, así como introduce un nuevo apartado 6, donde se habilita al Ministro de Sanidad para modificar, ampliar o restringir las medidas, lugares, establecimientos y actividades, por razones justificadas de salud pública.
Continuará......... Enlace al BOE
No hay comentarios:
Publicar un comentario