miércoles, 28 de enero de 2009
lunes, 26 de enero de 2009
Observaciones Asociación Gremial
Según estos documentos son tercer y cuarto vocal Sonia Diez y Jose Luis Funes y posteriormente aplicando los Nuevos Estatutos estos puestos son anulados de la junta.
martes, 20 de enero de 2009
Carta al Ayuntamiento de Madrid queja GEET
Siempre se ha dicho que las necesidades de los diferentes movimientos de las personas dentro de las ciudades, son tan antiguas como el crecimiento de estas, por eso en este sentido las LICENCIAS son tan antiguas como la prestación del servicio, así como la de su operador.
¿Podría existir el operador - taxista sin existir la licencia municipal del taxi?
¿Podría existir la licencia municipal del taxi sin existir el operador - taxista?
jueves, 15 de enero de 2009
ESTRATEGIA ESPAÑOLA DE MOVILIDAD "Los ciudadanos y la gestión de la movilidad"
BORRADOR 15/01/09 ESTRATEGIA ESPAÑOLA DE MOVILIDAD SOSTENIBLE
INFORME NOVADAYS Comparativa del autotaxi en Europa
ESTUDIO COMPARADO DE LA REGULACIÓN DE LOS TAXIS EN 6 CIUDADES.
Características Técnicas de los autotaxi en Europa
El Ayuntamiento de Madrid con este informe prepara una nueva Ordenanza que regule la actividad de los servicios en el área de prestación conjunta.
La competencia de los órganos municipales en España en la regulación de la actividad del taxi es amplia, debiendo centrarse el presente estudio en aquellas materias donde el municipio tiene una amplia discrecionalidad.
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INFORMENOVADAYS
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Proyecto
miércoles, 7 de enero de 2009
15 Carta a la Comisión Europea- Conclusión Final
CONCLUSIÓN FINAL
Por
todo ello sería necesario que:
·
Se
actué en la potenciación sobre las condiciones de la prestación del servicio,
como Servicio Público de Transportes adecuándolo a las nuevas demandas
sociales. Y para ello se debe efectuar un proyecto integral de la modalidad del
Taxi en esa Red Básica de Transportes, así como las planificaciones existentes
y futuras a desarrollar en el conjunto del Transporte Público
(urbano-regular-interurbano), donde de verdad se favorezca la correspondencia
total e intermodal de las personas ofreciéndoles la oferta que el usuario
precise en cada momento. (taxi, ferrocarril, metro, autobuses)
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14 Carta a la Comunidad Europea - Interpretaciones
INTERPRETACIONES EN LAS DIFERENTES DENOMINACIONES EN RELACIÓN CON LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DEL TAXI
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13 Carta a la Comunidad Europea - Nuestras interpretaciones
NUESTRA INTERPRETACIÓN
SERVICIO
PUBLICO URBANO E INTERURBANO IRREGULAR PERMANENTE DE USO GENERAL EN AUTOMÓVIL TURISMO CON APARATO TAXÍMETRO, en resumidas cuentas, ni más ni menos que TAXI.
Cualquier
norma jurídica administrativa, cualquier decisión política y siempre de acuerdo
a los diferentes intereses, el TAXI, viaja de un lado a otro, de estar en el
norte a pasar al sur, de ser a no ser, de estar y desaparecer, de ser Servicio
Público a ser Servicio al Público, o Servicio del público, y ahora su nuevo
concepto, de ser actividad privada de interés general, de tener tarifas a ser
precios privados, de obtener licencia a concesión, de concesión a nada, de
tener usuarios a pasar a tener clientes, de servicios a cuotas de mercado, de
ser autónomo a ser empresario, etc, etc,..... de seguir en esta línea,
cualquier idea en cuanto esté un poco fundamentada puede valer cualquier cosa.
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12 Carta a la Comisión Europea - Dificultades y factores en la prestación
DIFICULTADES Y FACTORES QUE ENCONTRAMOS
A LA HORA DE PRESTAR SERVICIO PUBLICO EN LAS CIUDADES
Este sector viene experimentando en los últimos años
la influencia de una serie de factores y condicionamientos que han afectado a
la movilidad general y que han ido modificando paulatinamente, la demanda de
servicios de Taxi, en los siguientes factores como:
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11 Carta a la Comunidad Europea - Los Riesgos Profesionales
LOS RIESGOS PROFESIONALES
Si nos permite y haciendo un pequeño comentario, otras
de las cuestiones relativas a la prestación del servicio y que no podemos pasar
por alto, aunque no deseamos entrar en su profundidad, es la que está
condicionada a las diferentes alteraciones y altercados que sufre el taxista en
el desarrollo de su función, siendo uno de los modos de transportes , por no
decir el único que sufre la violencia viaria y sobre todo de la violencia de
atracadores, llegando incluso a producir la muerte del taxista.
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10 Carta a la Comisión Europea - La Competencia
LA COMPETENCIA
Si el servicio o la prestación del taxi lo
extrapolamos al factor competencia, este sector es uno de los más peculiares
existentes dentro de este contexto, donde el grado de rivalidad de los
operadores-taxistas es muy alta, alcanzando su grado máximo.
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9 Carta a la Comisión Europea - Las Tarifas
TARIFAS
En relación con las tarifas, este servicio se presta
entrando en funcionamiento el instrumento medidor Km/Tiempo, aparato taxímetro,
son tarifas que además de su concepción jurídica-mercantil, tiene otro que
guarda relación con las facultades de control de las administraciones públicas,
qué es la llamada tarifa administrativa, que puede ser controlada por razones
de política y control de la inflación o por razones de ordenación del sector y
de protección al usuario.
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8 Carta a la Comisión Europea - Los servicios públicos municipales
LOS
SERVICIOS PÚBLICOS MUNICIPALES ESPECIALES Y ESENCIALES DE LAS CIUDADES, EN
MATERIA DE TRANSPORTES
7 Carta a la Comisión Europea El Servicio Público del Taxi y su prestación
El servicio público del taxi
y su prestación
Madrid cuenta con 16675 taxis donde se da cobertura a
23 municipios del Área de Prestación Conjunta, durante 24 horas a través de los
365 días del año y donde existen tres maneras de ofrecer la prestación del
servicio a los usuarios, la primera en situados o paradas de taxis establecidas
en relación con la intensidad o configuración urbanística, la segunda
circulando por las diferentes arterias o viarios de la ciudad, con el identificativo
de LIBRE (cartel o luminoso) y tercero por emisoras de radio
taxi, que fueron creadas y diseñadas para facilitar la proximidad al usuario en
atención a ciertas peculiaridades como pueden ser zonas urbanísticas
residenciales o dormitorios, polígonos industriales o empresariales y en
especial atención a las personas de movilidad reducida.
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6 Carta a la Comisión Europea-Los Entes Locales
LOS ENTES LOCALES
El Estado y las Comunidades Autonómicas respetan el
derecho de los Entes Locales a la hora de intervenir en los asuntos que afectan
a sus intereses, artículo 25 y 26 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen
Local (LRBRL), donde la citada Ley les atribuyen competencias de transporte
público de viajeros, al considerar para dichos Entes, sedes de gestión de
servicios públicos, esenciales y de atención a las necesidades fundamentales de
la ciudadanía.
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5 Carta a la Comisión Europea - CCAA
COMUNIDAD AUTÓNOMA
El Tribunal
Constitucional y la Doctrina indicaron que las competencias administrativas
en materia de transporte urbano,
correspondían, examinadas desde el punto de vista de las competencias
constitucionales y estatutarias, a las Comunidades Autonómicas, en aquellos
transportes que tienen origen en el ámbito de su territorio, siendo en todo
caso legislativa, pero no de gestión, pues la Ley Básica del Régimen Local,
reserva el transporte urbano de viajeros a las Entidades Locales y sobre todo a los servicios esenciales de
transportes urbanos que deben de ofrecer a la población ( artº
86 LBRL).
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4 Carta a la Comisión Europea - El Estado
EL ESTADO
El
criterio territorial es el elemento general para la distribución de
competencias de transportes terrestres, no obstante la movilidad urbana está centrada en la
intervención de la Administración
General del Estado en conciertos de actuaciones en infraestructuras y de programas
de transporte urbano e interurbano, donde se enmarca la previa elaboración, por
parte de las administraciones competentes, de un plan de movilidad sostenible
(PMS), para el ámbito de actuación del que se trate, en el que en línea con la
estrategia temática que la Unión Europea ha desarrollado a partir del 2005, se fomente el uso del transporte público y
los medios no motorizados y se atienda al cumplimiento de las directivas
europeas en materia de control de emisiones de gases de efecto invernadero (
5.1.6. PEIT).
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3 Carta a la Comisión Europea - El Estado
EUROPA
Movilidad
sostenible se define como la capacidad de satisfacer las necesidades de la
sociedad de moverse libremente, acceder, comunicarse, comercializar y
establecer relaciones sin sacrificar otros valores necesarios para el
desarrollo humano y la calidad ambiental, en el presente y en el futuro.
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2 Carta a la Comisión Europea
COMISIÓN DE LA COMUNIDAD EUROPEA DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTES BRUSELAS Madrid, 7 de enero 2009
Muy Sres. nuestro:
Somos un grupo de taxistas de Madrid y nos congratula
nuevamente dirigirnos a tan Alto Cargo dentro del Organismo que representa,
asimismo rogamos nos disculpe por el atrevimiento de dirigirnos a Vdes., donde
nos gustaría con el máximo respeto analizase ciertas dudas e inquietudes que, necesitamos
nos aclaren dentro y fuera del contexto en relación con nuestra actividad,
nuestra prestación del servicio público destinado al usuario.
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jueves, 1 de enero de 2009
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