JUSTICIA
El Govern las rechazó en 2013
· El tribunal ha estimado solo
parcialmente el recurso de Balear de Servicios Discrecionales
· Confirma la denegación de la
autorización relativa a las licencias para Ibiza
Actualizado:08/07/2015 18:28 horas
El Tribunal
Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha
aceptado el recurso de una empresa de transporte y ha acordado que el Govern
balear acepte su solicitud de 700 autorizaciones de vehículos de alquiler con
conductor en Mallorca que rechazó en 2013 y la tramite y resuelva de la forma
adecuada.
La sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJIB
ha estimado parcialmente el recurso interpuesto por Balear de Servicios
Discrecionales contra la denegación por parte del ex director general de
Transportes en julio de 2013 de la expedición
de 700 licencias de alquiler de vehículos con conductor en Mallorca y de 330 en
Ibiza.
El tribunal desestima
una parte del recurso y confirma la denegación de la autorización
relativa a las licencias para Ibiza porque el Govern no tiene competencia
funcional para atender dicha solicitud, que corresponde al Consell de Ibiza
desde 1998.
En
cuanto a la petición relativa a Mallorca, el Govern la denegó señalando que la
normativa en que se amparó aún no había entrado en vigor y porque la
consideraba "de contenido imposible".
La sala dice al respecto que lo más relevante sobre
la normativa de aplicación al caso es si la empresa cumplía o no los requisitos
y que se le debía
haber dado un plazo de enmiendas tal como
prevé la ley, algo que nunca se le planteó.
Recuerda
una sentencia anterior en la que ya explicó que esta ausencia no puede producir
la concesión de la autorización, pero sí que las actuaciones se devuelvan al
momento en que debía requerirse la subsanación y aportación documental, para
después resolver.
El
Tribunal anula la denegación relativa a Mallorca, por considerarla contraria al
ordenamiento jurídico y la anula.
Acuerda que las actuaciones se retrotraigan al momento inmediatamente posterior a la presentación de la solicitud, para que, de conformidad con la legislación vigente cuando se presentó, se requiera a la solicitante que la subsane, aporte la documentación que indica la normativa y el Govern resuelva según estipula una orden ministerial.
http://www.elmundo.es/baleares/2015/07/08/559d4f9522601dec208b4593.html
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