16 de junio de 2011 publicado en la Voz Digital
El pasado lunes, en reunión conjunta de las Secciones
de Taxi y Arrendamiento con Conductor convocadas por los presidentes de CTE y FENEVAL, a la sazón Presidentes
de las dos Secciones del Comité Nacional se adoptó por MAYORÍA ABSOLUTA la
PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DEL ROTT en sus artículos 181, 182 y 197 en distintos
aspectos que, en lo más significativos, pasamos a detallar:
a.- La ampliación a tres conductores por cada
cuatro vehículos (en este momento son 2 por cada 3) en los vehículos
de arrendamiento con conductor.
b.- La consolidación con rango reglamentario
de la relación 1 por 30 establecida en la Orden de desarrollo, (es decir un
vehículo de arrendamiento con conductor por cada treinta vehículos taxi.)
c.- El inicio de los servicios de
arrendamiento con conductor deberá ser, con carácter general, en el Municipio
donde se haya otorgado la autorización (Con ello se trata de evitar la
actual situación por la que muchas de las licencias de esta clase trabajan
sistemáticamente en otros territorios diferentes al de la concesión, de forma
irregular)
d.- El número mínimo de
vehículos para montar una empresa de VTC se consolida en 10 (ahora se pueden
consolidar con 4 vehículos, en algunos casos)
e.- Los contratos habrán de formalizarse
en las oficinas de la empresa y en la realización de todos los servicios habrá
de llevarse en el vehículo el contrato o la hoja de ruta debidamente
formalizada con los datos de los pasajeros.
f.- Los vehículos de arrendamiento con
conductor deberán de llevar signos externos que les identifiquen, como mínimo,
a la Comunidad Autónoma a la que pertenecen y otros datos de las empresas (hasta
ahora no tienen obligación de llevar identificación alguna lo que dificulta
notablemente la labor de inspección y control del cumplimiento de la
legislación)
g.- Se elevan a Reglamentarios los
requisitos de medidas de los vehículos (alto, ancho, largo y potencia) (ahora
están únicamente en la Orden de desarrollo, Orden FOM y por tanto podrían
llegar, incluso, a desaparecer con el consiguiente perjuicio si valiera
cualquier vehículo)
Y la modificación del artículo 197 (régimen
sancionador) en el siguiente aspecto:
h.- La inclusión, como falta muy grave,
de la realización de servicios de arrendamiento con conductor de forma habitual
fuera del término Municipal en que se encuentre domiciliada la autorización. ( En
este momento son múltiples las denuncias contra vehículos que trabajan
habitualmente fuera de su Municipio y de su Comunidad Autónoma incumpliendo la
norma de la habitualidad )
Tras la presentación del documento y su debate se
procedió a su votación, por separado, entre ambas Secciones, con el siguiente
resultado:
Sección de Arrendamiento con
Conductor: FENEVAL a favor y Zonturrent en
contra (se aprueba ya que FENEVAL tiene mayoría absoluta en la Sección)
Sección de Taxi: CTE y UNIATRAMC a favor y UNALT se
abstiene (pide una semana de plazo para analizar el documento y manifestarse)
Se aprueba por mayoría absoluta con la suma de CTE y UNIATRAMC.
No obstante se acuerda conceder una semana de plazo a
UNALT para que pueda sumarse al texto negociado discretamente entre CTE,
UNIATRAMC y FENEVAL a lo largo de los últimos meses y cuyo documento final se
cerró en la mañana del mismo lunes.
Creemos que con este acuerdo amplio se demuestra que
la actitud de CTE siempre ha sido negociar acuerdos dentro de lo posible,
alejados de la demagogia y con el único objetivo de mejorar día a día nuestra
profesión, por ello invitamos, una vez más, a UNALT para que se sume a este
acuerdo que, supone un paso adelante en la lucha contra las irregularidades
cometidas por no pocas empresas de Arrendamiento con Conductor.
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