El
Tribunal Constitucional ha aceptado dos cuestiones de inconstitucionalidad
planteadas por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) sobre la Ley
de Ordenación y Coordinación de los Transportes Urbanos de la Comunidad de
Madrid por posible vulneración del artículo 25.1 de la Constitución.
Dos
disposiciones generales publicadas este viernes en el Boletín Oficial del
Estado (BOE), recogidas por Europa Press, informan de la admisión a trámite de
estas impugnaciones en relación a varios apartados de dicha ley.
En
una de ellas, el Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 19 de
septiembre actual, acuerda admitir a trámite la cuestión de
inconstitucionalidad planteada por la Sección Segunda de la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del TSJM en relación con "el apartado 2.b),
número 7, del artículo 16 de la Ley 20/1998, de 27 de noviembre, de Ordenación
y Coordinación de los Transportes Urbanos de la Comunidad de Madrid, por
posible vulneración del artículo 25.1 de la CE".
Otro
de los recursos impugnaba "el apartado 2.b), número 7, del artículo 16 de
la Ley 20/1998, de 27 de noviembre, de Ordenación y Coordinación de los
Transportes Urbanos de la Comunidad de Madrid, por posible vulneración del
artículo 25.1 de la Constitución".
Tras la admisión a trámite de estos recursos, quienes sean parte de estos
procedimientos podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días
siguientes a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial del
Estado.
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