martes, 13 de noviembre de 2018

TARIFA 2019 TAXI "Informe Tarifa 7, 8 y 9 Dirección General de Industria, Energías y Minas"

Nueva tarifa 9 - precio cerrado (según Resolución 315603). A la vista de dicha tarifa, esta Dirección 

General no tiene nada que informar si la misma se hace a través de dispositivos ajenos al aparato taxímetro. En caso contrario, se informa que dicha tarifa no es acorde con la definición de tarifa de acuerdo a lo dispuesto en la normativa metrológica, que requiere que ésta se determine a través de un precio inicial, un importe kilométrico, un importe horario y, en su caso, los suplementos aplicables, por lo que el taxímetro no podría ser empleado para contabilizar el importe del servicio. No obstante lo anterior, con el fin de colaborar en lo posible en la implementación de esta tarifa, si es que el Consejo de 
Consumo entiende apropiado aprobarla, y permitir la visualización del número asignado a ésta en la realización del servicio a través del módulo luminoso repetidor de tarifas (comúnmente conocido como «capilla»), esta Dirección General entiende que podría llegarse a la siguiente solución de compromiso: Se programaría en el taxímetro una tarifa virtual con el número 9 y con un precio inicial de 0 €, un importe kilométrico de 0 €/km y un importe horario de 0 €/h. De esta forma, al hacer uso de esta tarifa, en el módulo luminoso se mostraría el dígito 9 y el taxímetro marcaría 0 € durante todo el trayecto. En este caso, el cobro del servicio se realizaría por medios ajenos al taxímetro.

 

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