miércoles, 8 de noviembre de 2017

Los Orígenes del taxi - (1ª parte)


(DE DÓNDE VENIMOS Y HACIA DÓNDE VAMOS)


CRONOLOGÍA
Primera parte

(artículo rescatado 1996)




Empezaremos por entender con claridad ciertos criterios y el significado de muchas cosas. Para ello, hay que remontarse a los principios históricos, y mezclar todos los acontecimientos para efectuar de una manera clara y concisa la historia y la evolución de este sector

Por consiguiente, para mejorar en un futuro el sector del taxi y su prestación, debemos antes conocer nuestra historia. Si no la conoces estarás perdido en el conocimiento, sin dar soluciones a tu futuro.  

En cualquier caso, las necesidades de movimientos dentro de las ciudades son tan antiguas como el crecimiento de éstas, a medida que las ciudades crecían, los habitantes de éstas se veían incapaces de desplazarse por sí mismos debido a las largas distancias. Con ello se produjo que ya desde los siglos XVI - XVII, comenzasen a desarrollar los primeros servicios de transportes de viajeros.



CRONOLOGÍA

SIGLO XII
1200-1299
El Emperador Germano MATEO, nombra Director General de Correos al Conde de Tassis, al establecer correos en Alemania.

SIGLO XV
1400-1499
La rama sucesoria y descendiente del Conde Tassis, recae en Francisco de Taxis, que fue el responsable del servicio Postal entre Flandes y los Países Bajos.

1500-1599
Felipe el Hermoso, -yerno de los Reyes Católicos-, recién llegado a España, fue nombrado en el año 1505 “Correo Mayor de Castilla”.

Este mismo cargo lo recogen sus sobrinos, Bautista, Mateo y Simón de Tassis otorgado de la mano de Carlos I y su madre Juana.

Los pocos carruajes que circulaban, además de CARROS Y CARRETAS, que se utilizaban tanto para mercancías como para pasajeros, fueron las SILLA DE MANO y LAS LITERAS, las cuales no son de alquiler hasta el SIGLO XVII.

ALCALDES GOBERNADORES: era la figura Consistorial de los Ayuntamientos dentro de las Ciudades.

ALCALDES DE CASAS Y CORTES: eran los que se asemejan a una especie de jueces penales, donde los mismos regularon los diferentes desplazamientos dentro de la Villa y Corte a través de Pregones.

1569: Cómo consecuencia de un Pregón dictado en relación a las tarifas a cubrir el servicio, levanto cierto malestar que provoco la primera reivindicación sectorial

1584: Ante los abusos que se empiezan a emprender en el servicio, la Sala de Alcaldes desarrollan una Orden, con fuertes medidas restrictivas (PODRÍA SER EL PRIMER RÉGIMEN SANCIONADOR).

1598: En el Reinado de Felipe II, se acaba la dinastía del Conde de Tassis, a través de Juan de Tassis y Peralta (Conde de Villamediana). Quién desempeñó el oficio de Correo Mayor.

SIGLO XVI - XVII (Siglo de Oro)
En este siglo fueron las Mulas de alquiler como los primeros Taxis Interurbanos, siendo las sillas de mano y las literas las que prestaban servicios de carácter Urbano.

1600-1604: Pragmática de FELIPE III establece la obligatoriedad de obtener una licencia para poder prestar el servicio y su cuadro sancionador en caso de omisión e incumplimiento.

“Las silla de manos no pueden hacerse de brocado, ni tela de oro o plata, ni de seda alguna. (Podríamos hablar que fue de  las primeras regulaciones técnicas y estéticas de los vehículos).

1611 : En abril se recordaba nuevamente la disposición establecida, en los años anteriores.

1613 - 1616: Un Pregón de la Villa establece las primeras condiciones técnicas y estéticas que debían de reunir los carruajes, una revisión de tarifas en un real y medio, y la obligatoriedad de a todos los cocheros de mulas de estacionar en las posadas y/o paradores.

1630: Un tal Mauricio Aragonés consigue de las Autoridades la cesión y explotación del servicio.

1639: El servicio fracasa ante la picaresca de algunos usuarios de no abonar el viaje, es decir se iban sin pagar. Hoy en día llamado “hacer un simpa”.

SIGLO XVIII
Aparecen los llamados coches diligentes.

Nacen los llamados coches de paseo o simón, que supuso la primera explotación a través de la figura empresarial. Con esta aparición se unen con las Carrozas, los Carricoches, las Calesas, las Literas, las Estufas – especie de Carroza acristalada- y, los Furlones que eran coches de paseo en forma de calesines.

Fue en esta época donde por primera vez aparece la figura jurídica de Concesión o Licencia.

1704 – 1723 (Felipe V)
El Ayuntamiento crea el primer registro de inscripción de las licencias
Se prohíbe estacionar por las noches a la intemperie, a los coches de paseo, galeras, carros y literas.
Primeros Intentos de limitar el uso y abuso del coche, imponiendo fuertes medidas restrictivas.

1750 - (Fernando VI)
Nace un nuevo concepto de carruaje de alquiler, llamado Simón, en honor a Simón González, donde prestó servicio a los Reales Sitios de Aranjuez en unas Jornadas Empresariales.

Según indica los historiadores esta fecha podría ser el referente sobre el inicio real con su hecho denominador común, como tratamiento de Servicio Público de Transportes al Vecindario de la Villa.

1774 - 1782: (Carlos III)
Introduce nuevos modelos, más en consonancia con las nuevas ideas ilustradas del Monarca. -BIRLOCHOS-LAUDOS-FAETONES-GÓNDOLAS.

Se publica un Edicto que prohíbe a todos los propietarios y conductores, separarse de los animales en ningún momento  (ni parado, ni cuando los fuesen a encerrar y sacarlos nuevamente). Tampoco podía correr, ni trotar, ni galopar, y restringieron algunos accesos a la ciudad por determinados paseos 

1792 (Carlos IV)
Cédula del Monarca que incorporo por primera vez una regulación completa sobre el concepto de VEHÍCULO PUBLICO, ante la aparición de los coches inteligentes:

Conducciones técnicas que debían de reunir los carruajes:

Decoración tanto exterior como interior
  • Todos nuevos bajo una misma forma y diseño (caja y juego a la inglesa)
  • No tendrán persianas, cortinas, ni celosías, ni cosa que pueda ocultar a los que vayan dentro, ni a los vidrios delanteros.
  • Sin muelles y, si con garroches y sopandas largas
  • Caja pintada de verde, con juego de color limón, así como el hierro de color negro, con pintado de blanco de cuatro dedos.
  • Número de la licencia situado en el respaldo exterior de la caja.
      Vestimenta de los cocheros
      
·         Librea
·         Casaca
·         Calzón verde
·         Chaleco

·         Collarín y vuelta plateados, con una franja blanca y negra, con botones de metal dorado.

      Condiciones de la prestación
  • Número de coches que debía realizar el servicio, que se limitaba a 12, pudiéndose ampliar si las necesidades del tráfico así lo aconsejaban.
  • Paradas y situados fijos de los coches, que se regulaban en tres paradas, con cuatro coches cada una.
  • El límite de mulas que pueden ir en el carruaje.
  • El carruaje era de cuatro asientos, prohibiéndose a los cocheros que lo ocupasen más de cuatro personas.
  • Establecía el derecho de prioridad para ocupar el carruaje, que se guardaba por tomar primeramente con la mano la llave de la portezuela.
  • No se podía excluir a personas algunas, excepto a las personas indecentes  que pudieran perjudicar su limpieza con trajes sucios, de uso común de sus oficios y trabajos ordinarios, así como personas en estado ebrio.
  • Disposición de unos preceptos donde indicaban que el carruaje debía de ser guardado en almacenes expresos para ello.
  • Regulaba a los conductores en la prestación del servicio.
  • Podían transportar enfermos a los hospitales, salvo en caso fortuito o de accidente.
  • Se prohibía hacer servicios funerarios.
  • Se establecen medidas para evitar el fraude
  • Los animales de tiro, no podía correr, ni trotar y menos galopar
  • Se prohibía que saliesen fuera de Madrid
  • En caso de pérdidas de alhajas u otros objetos se debía de llevar a los Depósitos Principales Municipales.
  • Normas para los usuarios, como la prohibición de cargar cofres, fardos grandes, verduras, aves y otros comestibles.
  • Horario a prestar el servicio
  • La distancia a la que debían apostar en las caballerizas.
  • Tarifas, establecidas por viaje y horas
  • Solicitar la Concesión para poder prestar servicio.

Parece ser que, en esta época fue donde por primera vez aparece la figura jurídica de la Concesión o Licencia.

La concesión para poder explotar el servicio se la concede a D. Francisco de Tolosa por el período de diez años. Como dato anexo se hace mención que, este momento marca una característica muy especial pues es el precursor de la aparición de taxi motorizado.

1793:
Pablo Antonio de Tarsis y ¡Felipe Masi, solicitan establecer un servicio entre la Capital y los Reales Sitios de Aranjuez

1797: 
El Rey autoriza la petición de una subida de tarifas correspondiendo con finales del año.

1801-1804:
Son bandos municipales que tratan de pequeñas modificaciones.

1802:
Desaparece el Servicio concedido a Pablo Antonio Tarsi, y Felipe Mesi, al denegarles el Rey una subida de tarifas, donde los propietarios lo abandona por no poder hacer frente a los gastos de la empresa.

1824:
Una de las primeras regulaciones que se somete la licencia se efectúa a través de un Reglamento de Policía Urbana, la cual disponía que nadie podía tener carruajes de alquiler, ya fueran de plaza o de camino sin:


  • La correspondiente licencia para poder desarrollar la actividad.
  • La misma se tendría que abonar una tasa a determinar por el Ente.
  • Que se debe de registra todos los carruajes.
  • Llevar inscrito en el exterior del carruaje el número de la licencia., en las farolas y testera.

Continuará.......

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