domingo, 11 de septiembre de 2011

URGENTE Plan de Reconversión Sectorial



ES URGENTE EMPEZAR A REALIZAR UN PLAN DE RECONVERSIÓN SECTORIA

Las medidas a tomar  no pueden empezar por una y dejar las otras a un lado o desplazarlas, es un grave error del que a día de hoy seguimos cayendo...La medidas tiene que dar su comienzo paralelamente hasta encontrar en el tiempo el equilibrio de las tres acciones:

MEDIDA A MEDIO LARGO PLAZO 
1.- Disminuyendo el número de licencias

MEDIDA A MEDIO PLAZO
2.- Aumentando la demanda

MEDIDA COYUNTURAL A CORTO PLAZO
3.- Racionalizando las condiciones de prestación del servicio

Una de las características esenciales del servicio de taxi es que se trata de una actividad intervenida por la Administración: Contingentada, tarificada y ordenada.

El número de operadores que pueden prestar este servicio está limitado, el precio no es libre y la prestación del servicio está sujeta a la ordenación y gestión que pueda establecer la Administración.

La intervención de la Administración está supeditada a los siguientes principios, contemplados en el Decreto 74/2005, de 28 de julio y Ordenanza Reguladora del año 1980:

- garantía y calidad de la prestación
- alcance del umbral mínimo de rentabilidad de la explotación
- criterio de equidad

La primera intervención, en cuanto a la fijación del contingente, se establece en función de la "necesidad  y conveniencia del servicio a prestar al público y la calidad del servicio, así como por el alcance del umbral mínimo de rentabilidad en su explotación" y de "cualesquiera otros factores que puedan influir en la oferta y demanda de transporte".

Por ello la organización del servicio constituye competencia municipal, siendo  los municipios  competentes con carácter general, para la ordenación, gestión, inspección y sanción de los servicio urbanos de transporte público de viajeros que se lleven a cabo dentro de sus respectivos términos municipales.

La justificación de la reconversión se debe basar en que el número de taxis circulando en vacío y esperando en las paradas habilitadas ha aumentado considerablemente y tal oferta no es capaz de ser absorbida por la decreciente demanda.Dónde además de resentirse la rentabilidad de la explotación, esta situación está suponiendo dificultades circulatorias, repercusión medioambientales negativas  e incluso algunos problemas puntuales de disciplina de tráfico y orden público en las paradas.

Madrid cuenta en la actualidad con 6M de habitantes y de acuerdo con los ratios establecidos nos encontramos  que: 

Hasta   100.000                  h de derecho........................1 Licencia x cada 2000 h
            100.001 a 500.000 h de derecho........................1 Licencia x cada 1500 h
 desde  500.001                  h de deerecho .....................2 Licencia c cada 1000 h


Por ello efectuar comparaciones entre ciudades de los ratios de licencias por habitantes, no tiene un valor contrastado..., es decir no parece que su inclusión en el Reglamento fuera precedida por un cálculo serio sobre su valor, ni las modificaciones experimentadas por el sector hace 6 años que después justifique el mantener el ratio. comprobamos que stamos por encima de la media Europea 3,8% al 4%..

El ratio del 2,5% valor medio EUROPEO, aunque supuestamente es parecido, cada ciudad tiene sus características y cada ratio está en función de toda una información complementaria como son:

1.- Las tarifas
2.- El número de otros operadores de transportes que conviven con el sector
3.- La propia característica de las ciudades
4.- El volumen de su población flotante
5.- El desarrollo de los medios de transporte
6.- El grado de congestión en la circulación

Por lo tanto, antes de partir de una cifra conocida, merece la pena calcular de nuevo cuál puede ser el número de licencias que debe de existir en el mercado, y al hacerlo conviene al mismo tiempo, definir que características se quieren para el SECTOR en el contexto del Servicio Público de Transporte.

El Reglamento del 2005 indica en su artº 8,  "SOBRE LIMITACIONES CUANTITATIVAS", que los municipios podrán acordar CUPOS o CONTINGENTES específicos cuando el número de habitantes de derecho sea inferior a los límites establecidos, en el marco de un plan de reordenación del sector que se contemple la amortización de parte de las existentes, o cuando se haya aprobado normas limitativas a su plena utilización.





EXISTEN ESTUDIOS ANTERIORES COMO:

1.- El que solicitó el Ministerio de Transporte a "Ordiñaga y asociados", llamado "Modelo optimizador para la adecuación de la oferta de servicios de taxi"... este modelo contenía un análisis econométrico de regresión múltiple que relaciona los ingresos del sector en una población cualquiera con una serie de variables explicativas, que se eligieron de tal forma que la correlación fuera lo mejor posible.

2.- El estudio del Plan de reestructuración de Barcelona 1998

3.- El propio Ayuntamiento de Madrid con el Plan de  OPTIMIZACIÓN que paralelamente con el documento del Libro Blanco  del Taxi fueron realizados en el año 1996. 

La posibilidad de acordar la reconversión o la reestructuración  del sector, permite que el sector pueda beneficiarse de unas medidas de carácter TRIBUTARIO, FINANCIERO y LABORAL que se debe de definir en el plan que se establezca.

Por el momento, en el régimen general de reconversión diseñado por la legislación española en la década de los 80, no encontramos con la etapa 1981-1982, 1983-1984 de reconversión y reindustrialización en los SECTORES de producción de la construcción naval, siderúrgica o textil, donde los planes de reconversión correspondieron al GOBIERNO DEL ESTADO, a propuesta del Ministerio de Economía y Hacienda, Trabajo e Industria. y la fase de ejecución fue realizada por las Comunidades Autónomas.

MEDIDAS A TOMAR

  • -Antes de aplicar el programa, se debe de actualizar el censo de personas que trabajan en el sector.
  • -Durante la vigencia de la actuación no podrá ser aumentado el número de personas que se dediquen al servicio del taxi. 
  • -Corregir las deficiencias existentes.


Retirada de Autónomos de edad superior a los 60 años:
  • Con los efectos de una jubilación anticipada, se primará la retirada de todos aquellos titulares


Constitución del fondo de eliminación de licencias:

  • Sobre las trasferencias de la licencias, aportando un porcentaje del volumen económico de la misma.
  • Del ingreso de las Tasas aplicadas al sector por el Ente Local
  • De un porcentaje sobre la adquisición de nuevos vehículos
  • Incorporar al fondo un porcentaje sobre la tasa de caburantes
  • El impuesto de circulación
  • Multas


Sobre la publicidad
  • Un mínimo del 50% de la recaudación obtenida se destinará al fondo constituido para el rescate dentro de publicidad incorporaremos la exterior mediante los soportes o placas de parada de situados de taxi.

La aportaciones sería proporcionales 

Estado 25%
Autonomías 25%
Entes Locales 25%
Sector 25%





Un saludo a todos 

manu y Alberto.