lunes, 5 de octubre de 2009

Ley 5/2009, de 20 de octubre, de Ordenación del Transporte y la Movilidad por Carretera.

El artículo 26.1 del Estatuto de Autonomía de la CAM confiere a esta competencias exclusivas en materia de transportes

El artículo 28.1.13 del Estatuto de Autonomía, confiere la ejecución de la legislación del Estado en la misma materia que tenga así origen y destino en la propia Comunidad.

Puesto que comprende la administración, ejecución y la inspección pudiendo dictar reglamentos internos de los servicios, a está esperando para regular las actividades auxiliares y complementarias del transporte. Arts 2,6 y 7
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