miércoles, 5 de noviembre de 2014

Queja de UBER a la Comisón Europea por incumplimiento

Bruselas rechaza la petición de España de intervenir en el conflicto entre Taxis y Uber


SIN EMBARGO


Uber registra un documento reservado en Europa

IMPORTANTE - Merodeadoras sustituirla por mediadores  y todo lo  subrayado es añadido de Uber

 

QUEJA A LA COMISIÓN EUROPEA

POR INCUMPLIMIENTO DE LA REPÚBLICA FRANCESA

DIRECTIVA 98/34 / CE, que establece un procedimiento

INFORMACIÓN EN EL CAMPO DE LAS NORMAS Y

REGLAMENTOS TÉCNICOS Y LAS NORMAS

SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN

Archivado por UBER B.V.

(De aquí en adelante el "Demandante")

5 noviembre 2014


I. INFORMATIONS SUR LE PLAIGNANT.....................................................3

A. COORDONNEES DE CONTACT ..................................................................3

B. REPRÉSENTATION...................................................................................3

C. CONFIDENTIALITÉ ..................................................................................4

II. EXPOSE DES FAITS .............................................................................4

III. DISPOSITIONS DU DROIT DE L’UNION ENFREINTES............................4

A. L’OBLIGATION PRESCRITE PAR LA DIRECTIVE 98/34 ....................................5

B. LA LOI FRANÇAISE RELATIVE AUX TAXIS ET AUX VOITURES DE TRANSPORT AVEC CHAUFFEUR TOMBE CLAIREMENT DANS LE CHAMP D’APPLICATION DE CETTE DIRECTIVE ET AURAIT DONC DU ETRE NOTIFIEE A LA COMMISSION EUROPEENNE AVANT SON ADOPTION ...............................................................................6

1. Les principales dispositions de cette loi sont des règles relatives à des services de la société de l’information.........................................................................6

a) L’article 10 de la loi qui édicte l’interdiction de la géolocalisation aux VTC et intermédiaires est indiscutablement une règle relative à un service de la société de l’information...............................................................................................6

b) L’article 12 de la loi qui pénalise le fait de mettre en relation des clients et des chauffeurs non professionnels a pour finalité et effet d’interdire un service de la société de l’information ...............................................................................8

c) L’article 1er de la loi qui institue un registre national de géolocalisation des taxis constitue également une règle relative à un service de la société de l’information...............................................................................................9

d) In fine, l’article 2 de la loi qui généralise la possibilité de payer la course de taxi via un terminal de paiement électronique constitue également une règle relative à un service de la société de l’information.........................................................11

2. La loi contestée concerne directement et explicitement un service de la société de l’information.........................................................................................12

a) Les extraits pertinents de l’exposé des motifs accompagnant la proposition de loi enregistrée à l’Assemblée le 18 juin 2014 .....................................................12

b) Les extraits pertinents de la discussion du projet de loi en première lecture à l’Assemblée Nationale le 10 juillet 2014 ........................................................13

c) Les extraits pertinents de la discussion du projet de loi en première lecture au Sénat le 23 juillet 2014 ..............................................................................14

C. AUTRES MANQUEMENTS AU DROIT EUROPEEN ...........................................15

IV. CONCLUSION ET DEMANDES...............................................................15

V.ANNEXES.................................................................................................17

CONFIDENCIAL

 

I. INFORMACIÓN SOBRE EL DENUNCIANTE

1. El demandante, Uber BV (en adelante "Uber") es una sociedad de responsabilidad limitada establecida los Países Bajos y que cotiza en la Cámara de Comercio con el número 55808646.

2. Uber desarrolla y opera aplicaciones móviles disponibles en los teléfonos inteligentes, ponerse en contacto con los usuarios con los conductores de vehículos de transporte de pasajeros.

3. El servicio localiza, a través del teléfono, el vehículo más cercano y el libro. Los usuarios pueden seguir el enfoque del coche que reservaron su teléfono.

4. En la actualidad, las aplicaciones se comercializan en 208 ciudades en 44 países de que Londres, Amsterdam, París, Lyon, Lille, Berlín, Milán, Barcelona, Bruselas, Boston, Chicago, Washington DC, para nombrar unos pocos.

5. Además, en particular en Europa (Reino Unido, Francia, Alemania, Bélgica), Uber tiene desarrolló una plataforma de servicios "de igual a igual" entre los individuos particularmente innovador (en lo sucesivo, "UberPop").

6. Sobre la base de los principios de economía colaborativa mejora UberPop la movilidad urbana de los individuos, mientras que de forma muy significativa la reducción de la pesada gastos relacionados con la propiedad de un vehículo.

Detalles A.) Contacto

7. La sede Uber se encuentra en:

Barbara Strozzilaan 101

1083 HN Amsterdam, Países Bajos

8. Las personas de contacto para esta queja en Uber son:

Sr. Mark McGann y el Sr. Zachary De Kievit

respectivamente Jefe de Políticas Públicas y Asesor Jurídico EMEA EMEA EMEA y APAC Ejecutivo Oficinas de Operaciones | HQ Amsterdam Vijzelstraat 68-78 | cuarto piso

1017 HL Amsterdam

Tel: 31 (0) 20-2404547

B. Representación

9. El autor está representado por los siguientes representantes legales, que están autorizados a recibir toda la correspondencia relacionada con esta queja (el retén se adjunta como Anexo 1) en:

Maestro Hugues Calvet

Abogado de París ("Abogados")

Bredin PRAT A.A.R.P.I

130, rue du Faubourg Saint Honoré

75008 París Francia

Email: huguescalvet@bredinprat.com

Tel. : +33 1 45 35 35 35

Fax: +33 1 42 89 1 0 73

Y Maestro LE BRET Benoit

Abogado de Abogados de París ("Abogados")

Gide Loyrette Nouel A.A.R.P.I.

Vista del edificio, Rue de l'Industrie 26-38,

1040 Bruselas, Bélgica

Email: lebret@gide.com

Tel.: +32 22 31 11 40

Fax: +32 22 31 11 77

10. El demandante solicita a la Comisión Europea que su identidad, y este estado de queja no se dé a conocer.

II. EXPOSICIÓN DE LOS HECHOS

11. El 18 de septiembre de 2014, el Parlamento francés aprobó una ley sobre los taxis y transporte de coches con conductor. (1)

12. La Ley fue publicada en el Diario Oficial 02 de octubre 2014 2 y entró en vigor el 3 de de octubre de 2014. (Anexo 2)

13. La Ley contiene las siguientes disposiciones clave:

- La prohibición de transporte coche con conductor y los operadores intermediarios que conectan a los agricultores y clientes - para utilizar el geolocalizador para permitir a sus clientes localizar la disponibilidad de un vehículo;

- La prohibición para el intermediar para vincular las personas que deseen compartir el uso y los costos de su coche sin ser taxi o VTC;

- La creación de un sistema de taxis GPS;

- El equipo de terminales de pago electrónico de taxi.

 

III. DISPOSICIONES DE LA LEY DE LA UNIÓN contravenido

14. Se argumenta que la legislación es aprobada, las principales disposiciones que afecten directa "Un servicio de la sociedad de la información" (3), por lo tanto, debe notificarse a la Comisión antes de ser adoptado de conformidad con las obligaciones derivadas de la Directiva 98/344 ventanilla de recepción de boletas.

1.- Proyecto de ley relativa a los taxis y los vehículos de transporte con conductor, aprobada sin cambios por el segundo lectura por la Asamblea Nacional de 18 de septiembre 2014.

2.- ION 2014 to 1104 01 de octubre 2014 en relación con los taxis y los vehículos de transporte con conductor, JORF No. 0228 de 02 de octubre 2014 15938 página.

3.- El artículo 1 de la Directiva 98/34 / CE de 22 de junio de 1998 por el que se establece un procedimiento en el ámbito de normas y reglamentos y normas sobre los servicios de la sociedad de la información técnica, como modificada por la Directiva 98/48 / CE del Consejo, de 20 de julio de 1998, DO L 204 de 21.7.1998, p. 37-48.

15. A falta de dicha notificación, Francia ha incumplido sus obligaciones a la legislación europea. Ha violado directamente la Directiva 98/34 y el artículo 4 (3) del Tratado, las obras de la UE (en adelante "TFUE") en relación con el deber de cooperación leal, que requiere la abstención de cualquier medida de un Estado miembro que pueda poner en peligro la consecución de los objetivos de la Unión.

16. Una explicación detallada de las razones por las que Francia debería haber notificado la Ley a continuación se describe.

A. La obligación establecida por la Directiva 98/34

17. El artículo 8 de la Directiva establece un procedimiento que obliga a los Estados miembros a notificar a la Comisión y a los demás Estados miembros cada proyecto de reglamento técnico, los productos y los servicios de la sociedad de información antes de que estén adoptado. (Énfasis añadido)

"A reserva del artículo 10, los Estados miembros comunicarán a la inmediatamente Comisión todo proyecto de reglamento técnico, a menos que exista una mera transposición integrante de una norma internacional o europea, en cuyo caso una sencilla información referente a dicha norma será suficiente. También permiten la Comisión una declaración de las razones para el establecimiento un reglamento técnico como es necesario, cuando éstos no lo han dejado claro en el proyecto.

En su caso, a menos que ya se haya enviado en relación con una comunicación anterior, los Estados miembros comunicarán simultáneamente el texto de las disposiciones leyes y regulaciones básicas principal y directamente afectadas, si el conocimiento del texto es necesario para apreciar el alcance del proyecto reglamento técnico."(Énfasis añadido)

18. El servicio de la sociedad de información se define de la siguiente manera en la Directiva:

Artículo 2, párrafo primero

"Cualquier servicio prestado normalmente a cambio de una remuneración, a distancia, por electrónica y a petición individual de un destinatario de servicios. Puede siquiera levantarse”

 

 

19. Una regla relativa a los servicios se define como sigue:

"Un requisito general sobre el acceso a las actividades de servicios cubiertos punto 2, y su ejercicio, incluidas las disposiciones relativas al proveedor servicios, los servicios y al destinatario de servicios, con exclusión de cualquier regla que no son dirigido específicamente a los servicios determinados en dicho punto"

20. Las sentencias CIA Security International SA5 y Schwibbert6 el Tribunal de Justicia también estableció una disposición nacional que no haya sido notificada por el procedimiento 83/189 (98/34 en adelante) como debe ser es inaplicable a terceros.

4 Las referencias a la Directiva, supra.

5 TJCE, 30 de abril 1996 CIA Security International SA, C-194/94, 54 y 55 pts.

6 TJCE, 08 de noviembre 2007 Schwibbert, C-20/05, 45 y 46 pts.

 

B. La ley francesa sobre los taxis y los vehículos de transporte con conductor cae claramente dentro del ámbito de aplicación de la presente Directiva y que debería haber sido notificado a la Comisión Europea antes de su aprobación

1. Las disposiciones de esta ley son las normas relativas a servicios de la sociedad de la información

a) El artículo 10 de la ley que promulga geolocalización prohibición VTC y el intermedio es, sin duda, una regla para un servicio de la sociedad de la información

21. El artículo 10 de la Ley establece lo siguiente:

"Está prohibido a la gente cuenta de los beneficios mencionados en el artículo L3120-1 [operadores de transporte público coches] y los intermediarios que utilizan:

1. Informar a un cliente antes de la reserva mencionada en el apartado 1º de este II artículo, independientemente de los medios utilizados, tanto la ubicación y disponibilidad de un vehículo que se menciona cuando se está en el camino abierto tráfico público sin su propietario u operador o propietario un permiso de estacionamiento se refiere el artículo L.3121-1. Puede siquiera levantarse (Énfasis añadido)

22. Esta disposición prohíbe el uso de la geolocalización en primer lugar entre el conductor del VTC y / o los medios que utiliza y también el usuario o potencial usuario que desee conocer los vehículos disponibles y / o utilizar el servicio.

23. Servicio de geolocalización específicamente cubiertos por dicha disposición es, sin duda, un servicio de la sociedad de la información, en cuanto a la definición del artículo 1 (2) la Directiva 98/34.

 

 

24. En efecto, este es un servicio que se proporciona:

 a distancia, remota cuando la persona que recibe la señal - el cliente – y uno que emite la señal - el conductor o intermediario - no son físicamente presentes simultáneamente en el mismo lugar;

 electrónicamente, cuando la transmisión de información sobre la ubicación del vehículo se realiza a través de una red de comunicación. La "Servicio" en la geolocalización se encamina la información entre su punto de partida y el punto final para un equipo electrónico (procesamiento y almacenamiento); referencia a todos "Uso normal" es buena para cubrir cualquier modo de comunicación electrónica; y

 a petición individual de un destinatario de servicios, ya que el cliente debe enviar una señal para obtener la ubicación del vehículo - por ejemplo mediante el uso de una aplicación. El hecho de que la prohibición en cuestión se aplica también en el contexto de una "reserva" demuestra que se trata de solicitudes de los clientes individuales.

25. En cuanto al criterio de ofrecer a cambio de remuneración, se reunió con claridad si el servicio prestado, por lo que la reserva se carga a través de localización y pagado por el usuario.

26. En vista de lo anterior, i) la geolocalización ya que proporciona un servicio de Información en línea constituye un servicio de la sociedad de la información y ii) su prohibido por la ley de 1 st 10 2014 constituye una norma en el ejercicio de esa servicio de la sociedad de la información, que debería haber sido notificada por Francia al Comisión de conformidad con la Directiva 98/34.

27. Por otra parte, la prohibición de informar al cliente de la ubicación y la disponibilidad de VTC por cualquier medio devuelve jure de facto y de última instancia para prohibir aplicaciones Geolocalización como tal, por VTC y sus intermediarios y su clientes.

28. Esta interpretación que hace hincapié en el alcance draconiano y desproporcionado y de la ley es confirmada mediante la inclusión de los siguientes elementos:

 La expresión general e integral del artículo 10 de la Ley la aplicación de la prohibición ", independientemente de los medios utilizados";

 La referencia en el preámbulo de la ley a las "aplicaciones muy ergonómico teléfono inteligente VTC, que implementan algoritmos muy efectiva vinculación ", así como" la empresa Uber y (...) sus ofertas especiales Uber-Pop ", que tiene un aplicación matchmaking entre los conductores y los usuarios o entre individuos que les permiten localizar y utilizar vehículo de su elección. (Apéndice 3);

 La intervención del miembro Tardy Lionel quien considera que, aunque la disposición legal no se indique expresamente, la prohibición para informar al cliente de la ubicación y la disponibilidad de VTC en Cerca persigue el mismo objetivo y conduce a las mismas consecuencias si prohíbe las aplicaciones de geolocalización para VTC "si la ley no puede permitirse el lujo de prohibir las aplicaciones de geolocalización, es lo que se quiere aquí "; "El párrafo en cuestión prohíbe de hecho bien informar al cliente de la disponibilidad de VTC cerca, que debería conducir en última instancia a las mismas consecuencias (un Ban aplicaciones de geolocalización) "(Anexo 4) 7 .ventanilla De recepción de boletas (Énfasis añadido)

29. Las aplicaciones basadas en la ubicación, como la de Uber, aplicaciones para teléfonos inteligentes para que puedas conectar los conductores y clientes o especial - lo que les permite localizar el vehículo más cercano y utilizar.

30. La prohibición de este tipo de aplicaciones - introducidos por la Ley de 01 de octubre 2014 – También debe considerarse una regla para un servicio de la sociedad de la información. De hecho, la aplicación que el usuario utiliza para localizar o verificar la disponibilidad de coche con fines de reserva es un servicio de la sociedad de la información.

Guía 31. La Comisión para el suministro de información en materia de las normas y reglamentaciones técnicas y de las reglas relativas a los servicios de la empresa Información, cita como un ejemplo de los servicios dentro de su ámbito de aplicación: "Reservas online para vuelos" (énfasis añadido).

b) El artículo 12 de la ley que penaliza el hecho de vincular la los clientes y los conductores no profesionales tiene el propósito y efecto para prohibir a un servicio de la sociedad de la información

6 Si el servicio “Reservas online de boletos de avión (incluyendo la verificación de disponibilidad) fueron expresamente reconocidos como los servicios de la sociedad de la información, a pesar de…

7 Segunda sesión del debate en la Asamblea Nacional, Jueves, 10 de julio 2014.

8 Guía para el suministro de información en materia de normas y reglamentaciones técnicas y reglas de servicios de la sociedad de la información, publicada por la Dirección General de Empresa e Industria que en última instancia, el servicio prestado después de la reserva es un servicio de transporte, por analogía servicios y aplicaciones de reserva de servicios de transporte por otro método, por el coche y el conductor también debe ser reconocido como cubierto por la Directiva. En consecuencia, las normas que prohíban esas aplicaciones y servicios son sujeto a la obligación de notificación previa.

32. El artículo 12, apartado 4 establece lo siguiente:

"Artículo L.3124-13 - se castiga con dos años de prisión y una € 300.000 multar a la organización de un sistema de búsqueda de clientes con las personas dedicadas a las actividades mencionadas en el artículo L-3120-1 [actividad transporte de pasajeros] sin que ninguno de empresas de camiones o taxis, o vehículos de transporte con conductor.

33. Esta disposición prohíbe rotundamente, so pena de sanciones penales, el hecho para reunir a las personas que no son ni los taxis ni VTC y le gustaría compartir soluciones de transporte individuales en el contexto de un fuerte crecimiento economía Colaborativo.

34. Tomado en el contexto del acto Thévenoud general, la exposición de motivos y esto que se ha dicho en los párrafos 28 y siguientes de arriba - que el objetivo de la ley objetivo "aplicaciones muy ergonómicas de teléfonos inteligentes (...), que implementan algoritmos de emparejamiento muy eficaces " 9 esta disposición debe ser necesariamente leer como una disposición que prohíbe específicamente las aplicaciones de teléfonos inteligentes de vincular, en particular UberPop.

35. En efecto, es el propósito de la ley Thévenoud que impiden el desarrollo de soluciones tecnológicas innovadoras para el único propósito de congelación manera retrógrado las rentas económicas proteccionistas que obtienen los operadores tradicionales, es decir, especialmente los taxis.

36. No se discute que el artículo 12, que castiga la "vinculación" es el objetivo de sancionar el uso de aplicaciones de matchmaking entre los smartphones las personas que deseen compartir el uso de sus vehículos para reducir el costo de utilizar, y esto es una norma relativa a un servicio de la sociedad de la información elegibles para entrar en el ámbito de aplicación de la Directiva 98/34.

37. No hay duda de hecho que la aplicación UberPop, que permite a través de la aplicación se conecte individuos situados en diferentes lugares de compartir el uso y el coste del automóvil, propiedad de uno de ellos, constituye unos servicios prestados a distancia por vía electrónica, en el sentido de la Directiva.

38. Por otra parte, la aplicación funciona UberPop basado en la petición individual de en particular, y por último, si el servicio no tiene fines lucrativos, se ha previsto en el la lógica de la economía de colaboración basado en el reembolso de los gastos el automovilista "compartir" su vehículo.  9 Véase el Apéndice 3.

39. Por otra parte, no hay duda de que 'UberPop es un servicio de la compañía información, ya que la Directiva 2000/3110 establece que tan pronto ya que representan un la actividad económica, los servicios que ofrecen información en línea o proporcionar información en línea que permite a los datos de la investigación son cubiertos por la Directiva 98/34 CE.

40. Por lo tanto, está bien establecido que el servicio de intermediación se refirió específicamente la prohibición y el castigo en el artículo 12 de la Ley Thévenoud es un servicio de la sociedad de la información y en este artículo se han notificado sobre la base de 98/34, ya que la prohibición de vinculación constituye una norma en los servicios.

41. Por otra parte, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha tenido la oportunidad de subrayar que normas nacionales no están excluidos del ámbito de aplicación de la Directiva 98/34 simplemente porque pertenecen a la esfera del derecho penal. Así, en su sentencia de 16 de junio 1998 en el asunto C-226/9711, la Corte establece:

“En este caso, no hay ninguna indicación en la directiva de que los reglamentos técnicos en el sentido de su Artículo 1, a causa de su pertenencia a la esfera del derecho penal, se excluyen de la obligación de notificación y que su alcance se limita a los productos para usos que no son la prerrogativa del poder público. A este respecto, cabe recordar que, como el Tribunal ya ha declarado en la sentencia 20 de marzo 1997, Bic Benelux (C-13/96, Rec. P 1-1753, apartado 19), una directiva se aplica a los reglamentos técnicos, independientemente de los motivos por los que se encontraban adopción. (Énfasis añadido)

42. Así que no importa que el artículo 12 plantea sanciones penales, ya que la prohibición se reprendió, ella, una norma relativa a un servicio de la sociedad de la información, entrar dentro del ámbito de la Directiva 98/34.

c) Sección 1 de la Ley que establece un registro nacional geolocalización taxis es también una regla para un servicio de la sociedad de la información

43. El artículo 1er Párrafo I, de la ley francesa establece lo siguiente:

"Artículo L.3121-11-1 - Se trata de un registro nacional de lista la información relativa a los taxis de identificación, la disponibilidad, y geolocalización. Este registro, llamado el 'disponibilidad registro de taxis "tiene el propósito de mejorar acceso a los taxis de sus clientes mediante la promoción del desarrollo de los servicios innovador. Está sujeto a la Ley N ° 78-17 del 6 de enero de 1978, sobre las computadoras, archivos y libertades.

Este registro es administrado por la autoridad administrativa encargada de facilitar y coordinar el suministro de datos públicos para facilitar su reutilización. (...) Ventanilla de recepción de boletas

10 Directiva 2000/31 / CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2000, sobre ciertos aspectos servicios jurídicos de la sociedad de la información, en particular el comercio electrónico en el mercado. En el interior, Diario Oficial L 178 de 17/07/2000 p. 0.001 a 0.016.

11 Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea el 16 de junio de 1998 en el asunto C-226/97, Johannes Martinus Lemmens, punto 20.

Durante la ejecución del servicio, el operador mencionado en el mismo artículo L. 3121-1 puede transmitir a la información del Administrador de registro con respecto a la disponibilidad y la ubicación del taxi en tiempo real en todo el país. Puede siquiera levantarse (Énfasis añadido)

44. Mediante esta disposición, la Ley de 1 de octubre de 2014 y presentó un servicio de geolocalización taxi, a pesar de que la ley prohíbe el mismo servicio para VTC y los intermediarios.

45. En el preámbulo de la Ley (Anexo 3), con respecto a esta disposición:

"Artículo 1 st (...) garantizar el establecimiento de la "taxi" Open-Data. La institución este registro es adaptarse a las nuevas tecnologías de monopolio de taxis merodeadoras Market. (...) Ventanilla de recepción de boletas

El taxi será por lo tanto el centro de un conjunto de dispositivos en el borde de nuevo tecnologías que están actualmente prohibidos" 12 (el subrayado es nuestro)

46. La presentación de la Relatora MP, Thomas Thévenoud, complete esta explicación por de la siguiente manera:

"Este proyecto de ley tiene trece artículos, cinco de los cuales se relacionan directamente con la la modernización de la empresa de taxis. Me refiero en particular a los taxis de datos abiertos, es decir, los taxis de geolocalización en tiempo real disponibles. Lo haremos convertir cualquier dueño de smartphone en un cliente cuando deletreará para encontrarlo taxis en las inmediaciones. El teléfono inteligente se convertirá en un terminal de taxis virtual y se puede gracias a él, y se le ordenó ir a vosotros. Los taxis están disponibles en las cercanías. Es una revolución tecnológica, un revolución digital. "(Énfasis añadido) (Anexo 5)

47. A la luz de estas declaraciones, es indiscutible que el artículo 1 de la Ley de 01 de octubre 2014 se dirige específicamente a una sociedad de servicio de información y tiene la intención de reserva categoría de operadores, respondiendo a distancia y por vía electrónica a una petición un único destinatario del servicio, previo pago. Proporcionar información en taxis de geolocalización vía aplicaciones digitales y rellenos regulados todos los criterios de la definición de servicios de la sociedad de la información (véase más arriba – la Sección 1a), a la luz del artículo 1 de la Directiva 98/34.

48. Si es necesario, esta calificación es confirmado por varios textos comunitarios.

49. Por un lado, como se ha indicado anteriormente, en los servicios de reserva de líneas de transmisión fueron mencionados por la Comisión como un servicio de la sociedad de la información (cf. párrafo supra 31). Esto es aún más evidente para la creación del Registro Nacional de Servicio taxis de geolocalización. De hecho, como se indica en el preámbulo, el artículo 1 sexto párrafo de la Ley de 1 de octubre 2014 (nuevo artículo L.3121-11-2) " prohíbe la centrales de reserva para evitar los taxis para utilizar este nuevo sistema"  13 (el subrayado agregado).

12 exposición de motivos que precede al proyecto de ley sobre los taxis y los vehículos de transporte con conductor registrada en la Presidencia de la Asamblea Nacional de 18 de junio 2014 y presentado por los miembros Bruno Le Roux, Thomas Thévenoud y miembros del Grupo Socialista Republicano y ciudadana relacionada.

13 exposición de motivos que acompaña al proyecto de ley relativo a los taxis y coches con el transporte conductor registrado para la Presidencia de la Asamblea el 18 de junio de 2014, Apéndice 3 anterior.

50. Por otro lado, si la calificación de reserva en línea fue impugnada, que parece poco probable, considerando 18 de la Directiva sobre comercio electrónico, recuerda el amplio servicios de la sociedad de la información como cubrir todo el servicio que proporciona información e investigación en línea herramientas:

"Que los servicios de la sociedad de la información se extiende a los servicios que no son remunerado por los que las reciben, como los servicios que ofrecen información en línea o comunicaciones comerciales, o los que prestan herramientas para la búsqueda, acceso y recuperación de datos " (Énfasis añadido)

51. En total, la disposición de la Ley de 1 de octubre de 2014 y que introduce el  principio de taxis de geolocalización, organiza este servicio y ofrece modalidades de comunicación sus datos de ubicación para el público, por lo que claramente una regla en una servicio de la sociedad de la información, que debería haber sido notificada por Francia sobre la base de el artículo 8 de la Directiva 98/34.

d) Al final, el artículo 2 de la ley que generaliza la capacidad de pago viaje en taxi a través de un terminal de pago electrónico es también una norma relativa a un servicio de la sociedad de la información

52. Sección 2 de la Ley establece que habrá ahora entre las instalaciones del taxi del con carácter obligatorio, una terminal de pago electrónico.

“Artículo 2: En el artículo L.3121-1 del Código, después de la palabra "especial" se insertan las palabras "Y una terminal de pago electrónico".

53. Esta disposición permite el pago de taxis de carreras a través de un pago  pero sobre todo lo hace de equipos obligatorios taxis al poder ejecutar el servicio de pago electrónico.

54. Este servicio de pago se tratará como un servicio de la sociedad de la información en sentido del artículo 1, apartado 2, de la Directiva 98/34, ya que está "normalmente proporcionado cambio de una remuneración, a distancia, por vía electrónica ya petición individual de un destinatario de servicios ".

55. En efecto, el pago se hace a distancia cuando el usuario del taxi y el banco son no presenta simultáneamente y el pago se ejecuta por medio de un dispositivo es decir, las instalaciones de la terminal de pago y telecomunicaciones electrónicas adecuados.

56. No hay ningún contenido material a este servicio, por lo que no se puede excluir de la definición de servicios cubiertos por el artículo 1, punto 2, párrafo segundo, de la Directiva 98/34 y no puede debe confundirse con los de los servicios de pago que figuran en el anexo V de la Directiva como excluidos porque, aunque supongan la utilización de dispositivos contenido electrónico es material (por ejemplo, "la distribución automática de Bonos ")

14) Annexe V de la Directiva 98/34 / CE de 22 de junio de 1998 por el que se establece un procedimiento en el ámbito de normas y reglamentos y normas sobre los servicios de la sociedad de la información técnica, como modificada por la Directiva 98/48 / CE del Consejo, de 20 de julio de 1998, DO L 204 de 21.7.1998, p. 37-48.

57. Por lo tanto, esta disposición también debería haber sido notificada a la Comisión de base del artículo 8 de la Directiva 98/34.

58. En resumen, se desprende de lo anterior que muchas de las principales disposiciones de la Ley de 01 de octubre 2014 en relación directa y explícitamente un servicio de la sociedad de la información.

59. Por lo tanto, la caída de la ley anterior en el ámbito de la Directiva 98/34 proporcionando un procedimiento normas información sobre el servicio de la empresa información y debería haber sido notificada a la Comisión antes de su adopción.

2. La ley impugnada afecta directa y explícitamente un servicio de la Sociedad de la Información

60. Fortalecer la demostración de que las disposiciones de la ley antes citada en geolocalización son el corazón de este nuevo marco legislativo y su objetivo es claramente una información de servicio de la empresa de una manera que no se puede describir, extractos pertinentes implícitos e incidentales de la exposición de motivos de la ley, así la discusión en ambas Cámaras del Parlamento se reproduce a continuación.

61. Se desprende de estas declaraciones que el objetivo principal de la Ley de 1 st 10 2014 es promover el uso de nuevas tecnologías de taxis Sociedad información, y para algunos de su uso exclusivo reserva prohibiendo de estas tecnologías por parte de los competidores taxis saber VTC y intermediarios y sus clientes. Al hacerlo, la ley tiene por objeto y efecto no sólo para regular y restringir ciertos servicios de la sociedad de la información, pero incluso prohibir el uso de ciertas aplicaciones desarrolladas en Internet.

a) Los extractos pertinentes de la exposición de motivos que acompaña a la proyecto de ley registrada en la Asamblea 18 de junio 2014

62. La exposición de motivos de los estados de cuentas:

«Artículo 1 implementa la primera propuesta del informe mediante la creación de un registro disponibilidad de taxis que garanticen el establecimiento de la "taxi" Open-Data. La institución del registro es adaptarse a las nuevas tecnologías de monopolio de taxis en el mercado de los merodeadores.

Con este fin, inserta dos nuevos artículos en la sección 4 del capítulo 1 del Código transporte, sobre la aplicación del servicio de taxi. Una primera L.3121- artículo 11-1 establece el registro que será alimentado en parte por las autoridades de emisión ADS, en cuanto a la identificación de los taxis, y en segundo lugar por los taxis en el caso de datos de localización. La difusión de la información en esta base de datos deben cumplir con la ley del 6 de enero de 1978 relativa a los datos, archivos y las libertades. Un segundo artículo L.3121-11-2 centrales de reservas prohibidas evitar que los taxis para utilizar el nuevo sistema o sistema privado equivalente; De hecho, los términos del contrato actual que imponen a sus taxis prescribir el uso de equipos de comunicaciones electrónicas. Puede siquiera levantarse (Énfasis añadido) (Anexo 6)

63. Esto demuestra que las nuevas tecnologías están en el corazón de esta ley – con nueva oportunidad que se brinda a los taxis a utilizar los servicios basados en la localización (Los servicios de la sociedad de la información), incluyendo la reserva por los clientes.

b) Los extractos pertinentes de la discusión del proyecto de ley primera lectura en la Asamblea Nacional de 10 de julio 2014

64. Declaraciones de apertura del Ministro Bernard Cazeneuve, y el secretario de Estado Carole Delga:

"El merodeador pudiere ser profundamente modernizado y proporcionará una mejor servicio al cliente, que puede ser, por ejemplo, un vehículo que graniza electrónicamente "

El deseo del gobierno para modernizar nuestra sociedad y de participar en los usos de desarrollo digital se refleja plenamente en este proyecto abierto datos sobre la disponibilidad de taxis.

"Quisiera hacer hincapié en que esto afecta a todo el perímetro Arnaud Montebourg: digital, la competencia, el consumo (...) ". (Énfasis añadido)

65. Declaraciones de la Mariani MP:

"Por tanto, este texto tiene por objeto modernizar una obra tardía de su tiempo, en particular, facilitando el acceso a merodeadores electrónico mientras que prohíbe el VTC ". (énfasis añadido)

66. Una vez más, estas declaraciones confirman que lo digital es el corazón del proyecto directo a través de la regulación de los medios electrónicos puede desarrollar taxis y bicicletas.

67. Declaraciones del diputado Lionel Tardy:

"El párrafo 22 del artículo 8, sin embargo, da la impresión equivocada de que ya he mencionado. Así es señor periodista, este párrafo no prohíbe las aplicaciones geolocalización para VTC - tal prohibición es imposible y lo haría puenteado - pero prohíbe de hecho informará al cliente de la disponibilidad de VTC los alrededores, que debería conducir en última instancia a las mismas consecuencias.

Y debido señor periodista, no se excluye que se plantea tal prohibición un problema constitucional. En efecto, la ubicación en tiempo real con reservación es la razón de ser de las aplicaciones móviles. Estas aplicaciones, Sr. ponente, no son sólo los iconos en su teléfono inteligente. Detrás de ellos, hay empresarios que las han desarrollado, lo que facilita la vida de los clientes y que crean puestos de trabajo. "(Énfasis añadido)

68. Declaraciones MP Christophe Caresche:

"Estoy muy avergonzado por esta disposición, que busca no regular único espacio público sino también del espacio virtual. No es trivial para prohibir el acceso a un servicio digital por razones distintas de orden público o la seguridad ".

69. Las declaraciones del ministro Bernard Cazeneuve:

"El proyecto de ley tiene por objeto prevenir la práctica VTC merodeadores y Contiene disposiciones que prohíben las solicitudes que indiquen en disponibilidad en tiempo real de VTC. "(Énfasis añadido)

70. Se desprende de estas declaraciones, que - contrariamente a lo que a veces se ha argumentado por el Relator - la Ley de 1 10 2014 aplicaciones bien se oponen mostrando la ubicación de los vehículos de pasajeros con el conductor y a través de este el capacidad de reserva on-line este tipo de transporte. O como se ha indicado anteriormente en el punto 28, la reserva en línea de servicios de transporte ha sido reconocido como un servicio de la sociedad de la información.

71. Respuestas Thévenoud Ponente:

"En esencia este texto contiene elementos significativos de la innovación. La disponibilidad de geolocalización a través de una plataforma digital, es una verdadero salto adelante para los taxis. Puede siquiera levantarse

"La propagación de pago con tarjeta de crédito en todos los taxis Francia propone a través de una enmienda también en el sentido de la innovación. Puede siquiera levantarse (Énfasis añadido) (Anexo 7)

72. Esta última declaración es mostrar que, incluyendo la provisión de mandato terminales electrónicos en taxis, tiene por objeto regular un servicio innovador sociedad de la información.

c) Los extractos pertinentes de la discusión del proyecto de ley Primera lectura en el Senado 23 de julio 2014

73. Observaciones preliminares de la señora Carole Delga, Secretario de Estado del Ministerio la economía de la recuperación productiva y digital:

"La primera parte de este proyecto de ley surge un genuinamente modernización, con el desarrollo de merodeadores electrónico.

Este concepto de merodeadores electrónica, es decir, la posibilidad de taxis libre a su alrededor en una pantalla de smartphone, es un activo adicional para esta profesión.

El compromiso del Gobierno para participar en el desarrollo de los usos de Digital es un ejemplo relevante en el proyecto de los datos abiertos disponibilidad de taxis. "(Énfasis añadido)

74. Las declaraciones del senador, Charles REVET:

"En otras palabras, los coches de transporte con los conductores ya no tendrán el derecho uso de las funciones de geolocalización. Para ocultar esta aberración que asciende a actividad matando VTC, los autores del proyecto de ley habla de lucha encontra merodeadores.

Es de agradecer, pirueta semántica que es la invención de "merodeadores electrónico" esta disposición es el ejemplo perfecto de éstos nuevas empresas cuyos intentos de obstaculizar la actividad sin otra razón racional, excepto a considerar que se trata de comprar la paz social. "(Subrayado agregado) (Anexo 8)

75. Es suficiente para hacer referencia a los términos utilizados: "teléfono inteligente", "merodeo electrónico" y "abierta datos "estar convencido, si es necesario, que el centro del debate y, por tanto, la ley es lo digital y por lo tanto los servicios de la sociedad de la información.

C. Otras infracciones al Derecho de la UE

76. Al no respetar la obligación de notificación previa exigida por la Directiva 98/34, Francia ha infringido el artículo 4 (3) del TFUE, que establece el principio de la cooperación justo por los Estados miembros de la Unión Europea.

77. Este principio de cooperación leal incluye la obligación para los Estados miembros que se abstengan todas aquellas medidas que puedan poner en peligro la consecución de los objetivos de la Unión Europea.

78. A este respecto, hay que señalar la existencia de una circular del Primer Ministro de Francia, que instruye a cualquier autoridad pública preparación de un proyecto sobre "Servicios de la sociedad de la información" - se refieren a la Oficina del Primer  Ministro para que pueda ser notificada directamente a la Comisión de conformidad con las obligaciones suscrito por Francia sobre la base de la Directiva 98/34 (Anexo 9). Se llegó a la conclusión de que las autoridades francesas responsables de la factura Thévenoud hacer podía ignorar que, al no notificar al, Francia cometió una violación de 98/34. Tal violación culpable porque consciente, es probable que se llama el incumplimiento del deber de cooperación leal recogido en el artículo 4 (3) del TFUE.

79. Además, Francia ha incumplido claramente el objetivo de la Directiva 98/34, que es permitir a la Comisión - a modo de notificación previa - para tener derecho a mirar a cualquier proyecto de ley nacional para regular los servicios de la empresa información y verificar que este proyecto tiene no a los obstáculos al mercado interior.

80. A este respecto, se hizo hincapié en que la ley de 1 st 10 2014 crea este tipo de barreras de mercado en el interior, fijar limitaciones a la libertad de establecimiento y de prestación de servicios de los operadores económicos, las restricciones sobre el comercio electrónico y buenos números que violen otras disposiciones del Derecho comunitario, tales como la igualdad de tratamiento, la libertad de empresa, etc.

81. Estos otros quebrantamientos de la ley de la Unión Europea podrán establecerse si necesaria en un segundo tiempo.

82. En todo caso, el incumplimiento por parte de Francia de la Directiva 98/34 y el artículo 4 (3) TFUE suficientes en sí mismos, de acuerdo con la práctica establecida por la Comisión y la Corte de Justicia, para caracterizar el delito Unión Européenne.15 ley

 

IV. CONCLUSIÓN Y PETICIONES

83. Directiva 98/34, "una norma se considera que está dirigido específicamente los servicios de la sociedad de la información cuando, en virtud de su motivación y de texto su sistema, tiene la finalidad y objeto específicos, en su totalidad o en determinadas disposiciones específicas para regular estos de manera explícita y bien determinada servicios ". 16

84. Se desprende de la exposición de motivos, las declaraciones de los representantes de los diferentes el gobierno francés durante el procedimiento parlamentario y las disposiciones pertinentes de la ley, la ley del 1 de octubre de 2014 taxis y coches de transporte con

15 Sentencia del Tribunal de Justicia de 5 de septiembre de 2005, Comisión v / Portugal, aff. Párrafo C-500/03, 34 y 26 de septiembre 2000 Unilever Italia SpA, aff. C-443/98, apartados 28 y 29.

16 El artículo 1, párrafo 5 de la Directiva. conductor, debe ser considerado un explícitamente y directamente a servicios de la sociedad de la información.

85. La falta de notificación de la presente ley antes de su adopción es indiscutiblemente contraria al artículo 8 de la Directiva 98/34.

86. De este modo Francia ha incumplido con sus obligaciones no sólo en virtud de la Directiva 98/34 pero en virtud del artículo 4 (3) del TFUE, que requiere la cooperación leal por el Estado miembro de que se trate.

87. Por lo tanto, el demandante solicitó a la Comisión a tomar las siguientes medidas:

- Proceso abierto de infracción contra Francia por incumplimiento de la Directiva 98/34 y el artículo 4 (3), del TFUE;

- Declarar la ley francesa adoptada en violación de la obligación de notificación, oponible a terceros en virtud de la ley CIASecurity.17

17 CIA Security International SA sentencia del Tribunal de Justicia de 30 de abril de 1996 (asunto C-194/94) considera una disposición nacional que no haya sido notificado con arreglo 83/189 procedimiento (ahora 98/34), ya que debería haber sido inaplicable a las personas (incluidas las empresas).

 

 

(firmado)                                                                               (firmado)

Hugues Calvet                                                                      Benoît Le Bret

 

 

Intitulé De la Lista Descripción Calendario

.- Apéndice 1 Mandato rendimiento

.-Apéndice 2 ION 2014 to 1104 01 de octubre 2014 en taxis y coches con el transporte conductor

.-Apéndice 3 Exposición de Motivos del Proyecto de Ley relacionada con los taxis y el transporte en automóvil chófer, registrada en la Presidencia Asamblea 18 de junio 2014.

.- Apéndice 4 Extracto de la discusión sobre el proyecto de ley para la Asamblea Nacional el 10 de julio 2014 segunda intervención sesión Lionel MP Tardy.

.- Apéndice 5 Extracto de la discusión sobre el proyecto de ley para la Asamblea Nacional el 10 de julio 2014 primer período de sesiones, el hon ponente Thomas Thévenoud.

.- Apéndice 6 expone la exposición de extracto que acompaña a la proyecto de ley relativo a los taxis y transporte de coches con conductor.

.- Apéndice 7 Acta literal de dos sesiones las discusiones sobre el texto de la ley a la Asamblea Nacional 10 de julio 2014.

.- Apéndice 8 registro completo de la sesión las discusiones sobre el texto de la ley en el Senado el 23 de 07 2014. Circular Apéndice 9 de 9 de diciembre de 1999 sobre el procedimiento de información a las autoridades Comunidad antes de la promulgación de reglamentos aplicable al servicio de la sociedad Información, Boletín Oficial de 15 de diciembre de 1999.

.- Apéndice 9 circular del 09 de diciembre de 1999 relativa al procedimiento de información de la autorites communautaires antes de la promulgación de información de servicios de la sociedad regles applicables del, JORF de 15 de diciembre de 1999.

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