La excepción de la fiscalidad contenida en la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio no implica necesariamente la exclusión de las Ordenanzas fiscales, ya que éstas pueden en ciertos casos estar relacionadas con un régimen de autorización de una actividad de servicios, tal y como indica el Manual de Evaluación para las Entidades Locales, elaborado por el Ministerio de Administraciones Públicas (actual Ministerio de Política Territorial) en colaboración con la FEMP y COSITAL.
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