martes, 4 de noviembre de 2003

LA DIRECTIVA 2003/88 TIEMPOS DE TRABAJO

La Directiva 2003/88/CE señala que el tiempo de trabajo es: “todo período durante el cual el trabajador permanezca en el trabajo, a disposición del empresario y en ejercicio de su actividad o de sus funciones, de conformidad con las legislaciones y/o prácticas nacionales “

Ordenación del tiempo de trabajo





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