martes, 9 de junio de 2009

Crónica Ley Paraguas - Ley Ómnibus



9 junio 2009
El Gobierno ha puesto en marcha el mayor paquete de reformas estructurales de los últimos años. El sector servicios experimentará una profunda reforma que eliminará trabas para el establecimiento y la prestación de servicios. Cambiarán las normas de los colegios profesionales para eliminar las actuales restricciones al libre ejercicio profesional y la fijación de precios competitivos.
Este conjunto de reformas para favorecer la actividad empresarial y el empleo, incluye un Proyecto de Ley que liberaliza la actividad en todo el sector servicios y su ejercicio, es la denominada Ley Paraguas. Y un Anteproyecto de Ley de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley Paraguas, es la llamada Ley Ómnibus. Suponen la aplicación efectiva de la Directiva de Servicios Europea en España. Ambas permitirán abrir el sector servicios español al mercado único europeo y eso generará ganancias en eficiencia, productividad y empleo. Y un incremento de la variedad y calidad de los servicios disponibles para los ciudadanos y las empresas.
La nueva normativa eliminará todas las autorizaciones administrativas que no estén justificadas por razones de interés general o sean desproporcionadas. Simplificará al máximo los procedimientos, limitando el uso de trámites físicos a situaciones muy excepcionales. También se crea un instrumento legal para que todas las administraciones se pongan de acuerdo y eviten solicitar trámites por duplicado y presenciales. Se reforzarán los derechos y garantías de los consumidores.

Las principales modificaciones de la Ley Ómnibus son la eliminación de la autorización para el arrendamiento de vehículos sin conductor. Con la nueva Ley, se suprimirán los requisitos específicos exigidos por la actual normativa de transporte, como las exigencias de un local dedicado en exclusiva a esta actividad y de un número mínimo de vehículos. En segundo lugar, se elimina la autorización previa para centros de formación teórica de conductores. Aparece así la posibilidad de un nuevo tipo de autoescuelas, dedicadas exclusivamente a la formación teórica que sólo requiere comunicación de inicio de la actividad.

En tercer lugar, hay una mayor liberalización del mercado energético: Se sustituyen las actuales y preceptivas autorizaciones previas para iniciar actividad en ámbitos como la comercialización de gas, electricidad. Y, en cuarto lugar, reforma de los colegios profesionales. Se eliminan las restricciones injustificadas a la publicidad de los servicios profesionales. Desaparecen las restricciones impuestas para el ejercicio conjunto o simultáneo de dos o más profesiones. A diferencia de ahora, los profesionales podrán asociarse con mayor facilidad. Los profesionales podrán ejercer fuera del territorio del colegio donde estén inscritos, sin necesidad de tener que comunicarlo previamente, como es obligatorio ahora. Se suprime la función de los colegios de fijar baremos de precios. Se prevé que la cuota de inscripción no podrá superar los costes asociados a la tramitación de la inscripción.





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