EL ESTATUTO DEL TAXISTA PROFESIONAL AUTÓNOMO (BASES)
Existe hoy por todas partes una tendencia generalizada hacia la profesionalización,
la calidad en el servicio prestado, y
sobre todo la atención al usuario.
La conformación de una profesión, consiste en una determinada ocupación
y cuál es su misión ante la sociedad. En sentido amplio, cierto es, que esta
adulteración del término profesión permite que todo trabajo
o actividad ocupacional –aún sin reunir los requisitos propios de aquélla– pueda ser considerado como tal.
Basta, preferentemente con ejercer dicha actividad y
percibir por ello una retribución que constituya
el principal medio de vida. De este modo, no es de extrañar que quien
cumpla con tal atribución se tenga por profesional
y a la ocupación que lleva a cabo como profesión.
Pero tanto filósofos, sociólogos y estudiosos de la ética
profesional, han puesto un loable empeño
en señalarnos las diferencias entre Profesión y Profesional. Se entiende que toda
profesión es sin lugar a dudas un trabajo, pero no todos los trabajos pueden
ser distinguidos con el cariz y rango de las profesiones. Es decir, oficios y
empleos que en su día no podían ser calificados de profesiones han evolucionado
con el paso del tiempo y hoy es necesario calificarlas adecuadamente.
Para lo cual se hace necesario la
elaboración de un estatuto profesional (en el que se indiquen sus
correspondientes funciones, deberes, derechos y obligaciones comunes a todos
los profesionales, y del oportuno código deontológico.
Todo ello, se completa con una
normativa laboral general y/o específica, según los casos, para el conjunto de
los profesionales. Finalmente, y en común con el resto de trabajos, la
profesión ha de ser una dedicación estable, principal, que constituya el primordial
sustento económico como medio de vida.
El futuro proyecto del Estatuto recogerá
el concepto total de la clasificación del
Profesional Taxista, sin ignorar
en qué consiste esta Profesión y diseñando un peculiar modelo profesional cuya
“originalidad” reside en consagrar la Actividad propia del oficio, envuelta con la profesionalidad que hasta hoy
no es reconocida
Por último añadir que la configuración de una Actividad
Profesional en la creación del Estatuto del Taxista Profesional son necesarios
tres elementos conjuntos y compatibles entre sí, que cierren el círculo, conceptos como; de clasificación profesional, categoría
profesional y grupo profesional, es decir conseguiríamos con todo ello un ordenamiento y coordinación del servicio de
taxi y de la actividad profesional en aras de una mejor prestación del servicio
ofrecida al ciudadano.
Hoy más que nunca esta nuestra Actividad profesional requiere
que el camino emprendido sea determinante para recorrer con firmeza los
objetivos marcados en esta primera etapa.
Muchas gracias.
Manu Sánchez
Coordinado Sección Taxi
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