sábado, 10 de abril de 2010

Habilitación Profesional de los Colegios

Habilitación Profesional de los Colegios

La profesión es la realización regular y habitual de un conjunto de actividades que tienen en común la aplicación a la realidad de un conjunto de saberes intelectuales o técnicos. Estas tareas deben estar basadas en una construcción jurídica para que surja la profesión en sentido estricto.
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La experiencia es esencial en la profesionalidad. Por tanto, la condición de profesional no se obtiene con la expedición de un título académico, ni por la incorporación a un Colegio profesional, sino que se logra con el transcurso del tiempo y el ejercicio de la actividad profesional.

La habilitación profesional es la acreditación de la formación académica de los titulados universitarios para desempeñar el ejercicio profesional sobre la base de la cualificación de la educación recibida.

En España los organismos encargados de realizar esta tarea son los colegios profesionales. En muchos países como Austria, Francia o Alemania existen agencias de acreditación profesional.

Los Colegios Oficiales de Ingenieros Industriales de España justifican la necesidad de la habilitación y proponen que las acreditaciones profesionales deberán efectuarse por un órgano imparcial e independiente, cuya competencia está otorgada al Colegio Profesional, Ley 2/1974, de 13 de Febrero, ya que le corresponde ordenar la profesión y velar por su correcto ejercicio.

Este conglomerado de asociaciones profesionales reivindicó en un documento la imperante necesidad de la acreditación profesional. Los argumentos que ellos exponen son los siguientes:
  • Acreditar los conocimientos técnicos y profesionales adquiridos por los titulados universitarios, que les permite enfrentarse a las exigencias, cada vez más cambiantes, en su actividad laboral.
A modo de ejemplo adjuntan, en el informe, una sentencia del Tribunal supremo del 17 de junio de 1994 (RJA 5256), en Fundamento Jurídico Segundo, que resuelve:

"... los planes de estudio miran directamente a la formación intelectual de quienes acuden a la Universidad para cursar estudios y obtener el título correspondiente, pero no miran aspectos profesionales de los futuros titulados universitarios....."
  • Refrendar de forma constatable y contrastable la experiencia profesional de los titulados en ingeniería como factor relevante de su cualificación técnica.
  • Verificar que el profesional lleva a cabo su cometido con estricto cumplimiento de las directrices reglamentarias, garantizando el conocimiento de las mismas, en el campo específico de su actuación 
    regulado por ellas.
  • Velar por la ética deontológica. La deontología se ocupa de asegurar unas normas de comportamiento que afirman la confianza, la credibilidad, la tónica de respeto y seguridad de que se va a actuar correctamente. El sistema de habilitación asegurará la eficacia y calidad del servicio. El objetivo es dotar al profesional de la necesaria autoridad moral, con la que se asegure una base sólida para los servicios que se presten a la sociedad.
Los Colegios Oficiales de Ingenieros Industriales de España finalizan el documento sugiriendo unos mecanismos generales para la habilitación creados a partir del análisis de los sistemas que rigen en los distintos países.
Mecanismos para la Habilitación Profesional de un Ingeniero 

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