Habilitación Profesional de los Colegios
La profesión es la realización regular y habitual de un conjunto
de actividades que tienen en común la aplicación a la realidad de un
conjunto de saberes intelectuales o técnicos. Estas tareas deben estar basadas
en una construcción jurídica para que surja la profesión en sentido estricto.
La experiencia es esencial en la profesionalidad. Por
tanto, la condición de profesional no se obtiene con la expedición de un título
académico, ni por la incorporación a un Colegio profesional, sino que se logra
con el transcurso del tiempo y el ejercicio de la actividad profesional.
La habilitación profesional es la acreditación de la
formación académica de los titulados universitarios para desempeñar el
ejercicio profesional sobre la base de la cualificación de la educación
recibida.
En España los organismos encargados de realizar esta tarea
son los colegios profesionales. En muchos países como Austria, Francia
o Alemania existen agencias de acreditación profesional.
Los Colegios Oficiales de Ingenieros Industriales de España
justifican la necesidad de la habilitación y proponen que las acreditaciones
profesionales deberán efectuarse por un órgano imparcial e independiente, cuya
competencia está otorgada al Colegio Profesional, Ley 2/1974, de 13 de Febrero, ya que le corresponde ordenar
la profesión y velar por su correcto ejercicio.
Este conglomerado de asociaciones profesionales reivindicó en un documento la imperante necesidad de la acreditación
profesional. Los argumentos que ellos exponen son los
siguientes:
- Acreditar los conocimientos técnicos y
profesionales adquiridos por los titulados universitarios,
que les permite enfrentarse a las exigencias, cada vez más cambiantes, en
su actividad laboral.
A modo de ejemplo adjuntan, en el informe, una sentencia del
Tribunal supremo del 17 de junio de 1994 (RJA 5256), en Fundamento Jurídico
Segundo, que resuelve:
"... los
planes de estudio miran directamente a la formación intelectual de quienes
acuden a la Universidad para cursar estudios y obtener el título
correspondiente, pero no miran aspectos profesionales de los futuros titulados
universitarios....."
- Refrendar de forma constatable y contrastable
la experiencia profesional de los titulados en ingeniería
como factor relevante de su cualificación técnica.
- Verificar que el profesional lleva a cabo su cometido con estricto cumplimiento de las directrices reglamentarias, garantizando el conocimiento de las mismas, en el campo específico de su actuaciónregulado por ellas.
- Velar por la ética deontológica.
La deontología se ocupa de asegurar unas normas de comportamiento que
afirman la confianza, la credibilidad, la tónica de respeto y seguridad de
que se va a actuar correctamente. El sistema de habilitación asegurará la
eficacia y calidad del servicio. El objetivo es dotar al profesional de la
necesaria autoridad moral, con la que se asegure una base sólida para los
servicios que se presten a la sociedad.
Los Colegios Oficiales de Ingenieros Industriales de España finalizan el
documento sugiriendo unos mecanismos generales para la
habilitación creados a partir del análisis de los sistemas que rigen en los
distintos países.
Mecanismos
para la Habilitación Profesional de un Ingeniero
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