A LA MESA DE LA ASAMBLEA DE
MADRID
En nombre del Grupo Parlamentario Socialista, tengo el honor de dirigirme a esa mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 205 y siguientes del vigente Reglamento de la Asamblea de Madrid, presentar la siguiente Proposición no de Ley en apoyo de las personas consumidoras de la Comunidad de Madrid, de los servicios de transporte público, como es el de la introducción de plataformas de consumo colaborativo, con la aplicación informática UBER y otras, hasta ahora no reguladas que con la presunta intención de poner en contacto y así ayudar a las personas consumidoras en la Comunidad de Madrid, con la aparición de empresas basadas en la dotación de servicios entre particulares, sin intermediarios, ausentes de transparencia y protección de los derechos de los potenciales usuarios, que además se convertirían en competencia desleal con los profesionales como lo son los del servicio público de taxi, en su inmensa mayoría trabajadores autónomos que están sufriendo una importante crisis, por ello y en apoyo de una solución legislativa a los mismos, para su debate en (Comisión de Presupuestos o en Pleno).
Madrid, 11 de junio
de 2014
EL PORTAVOZ EL DIPUTADO
TOMÁS GOMEZ FRANCO EUSTAQUIO JIMENEZ MOLERO
ANTECEDENTES Y EXPOSICIÓN DE
MOTIVOS
Personas consumidoras de la
Comunidad de Madrid de transporte público fundamentalmente del servicio público
de taxi, en el área de prestación conjunta, junto con los profesionales que
prestan el servicio público de taxi, tienen preocupación respecto de la aparición
ahora una aplicación informática, llamada UBER, y de futuras fórmulas y/o
modalidades que con el funcionamiento de empresas y plataformas que se basan en
el llamado ”consumo colaborativo”, que tratándose de un servicio opaco y no
regulado, que este tipo de consumo se refiere a una manera tradicional de
compartir, intercambiar, prestar, alquilar, o regalar, basada en estos tiempos
de tecnología moderna y las nuevas maneras de medir la reputación de las
personas. Este movimiento supone un cambio cultural y económico de los hábitos
de consumo marcados por prestadores, fundamentalmente de servicios, también de
bienes, básicamente individualizados hacia nuevos modelos potenciados por
medios sociales y plataformas del tipo de red entre iguales o red entre pares.
Han aparecido empresas, que ante el vacío legal, están tomando la iniciativa en el negocio de mediar entre consumidores y particulares, aprovechando sus necesidades y demandas de bienes o servicios que al albur de las deficiencias económicas fruto de la crisis, y por supuesto con una intención de ofrecer alternativas positivas y con disposición de ahorro para las economías personales e individuales están convirtiéndose en potenciales triunfadoras y exitosas, con formas de negocio que tienen y deben ser regulados, para garantizar todo el derecho de consumidores, dado que el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, puesto que infiere en el consumidor y usuario, puesto que pretende poner en contacto a personas físicas o jurídicas que siendo consumidores finales, que estarían siendo conectados, por empresas o empresarios que realizan una actividad de intermediación sin las suficientes garantías para aquellos que quiere y llega a conectar, para desarrollar servicios que bien son entre privados o bien son de sustitución de un servicio público regulado, como lo es el transporte, a través de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres y otras normas de desarrollo.
Por ello y por la
preocupación de los profesionales del servicio público de transportes, como el
del servicio del taxi y también antes de que las personas consumidoras se puedan
considerar desprotegidas de sus derechos, en su condición de consumidores, dado
que con la intencionalidad de optimizar los recursos económicos de las
economías personales la actividad, siempre ha sido y debe ser transparente, para
que la ciudadanía afectada sienta que los poderes públicos que les gobiernan
sean siempre correctamente informados por las empresas o plataformas
prestadoras del servicio de conectar o interconectar a consumidores de bienes
y/o servicios, no sufran y sientan que se le está generando una gran
incertidumbre y desactive la gran preocupación, que ante estas fórmulas les
atenta. En diferentes momentos, aparecen y aparecerán modos, formas, productos,
servicios, etc., que les ofrecerán productos al margen de la regulación o de legalidades
que supondrán un elevado riesgo y el grupo socialista, siempre estará a favor
de que se normalice para proteger los derechos de las personas en cualquier
condición pero también en su condición de consumidores de bienes y servicios,
ya sean nuevos como lo demandamos de los antiguos, porque los consumidores son
los débiles ante los poderosos, y de aquellos que encuentren espacios de
negocio al ponerlos en contacto para que voluntariamente compartan lo que
deseen, pero los medios, mecanismos que ofrezcan tales servicios deben estar
perfectamente regulado.
También de las obligaciones
que les marca a los profesionales que abonan los impuestos establecidos, no así
para quienes ejercer la competencia desleal, al amparo de la ausencia de
normativa reguladora de estas modalidades de negocio.
Estas fórmulas,
empresariales o en forma de plataformas, comunidades de usuarios, que conectan
a conductores con “asientos vacíos” para usar pasajeros que buscan un viaje, no
deben quedarse fuera de las regulaciones que protejan a las personas que ante
la oferta del concepto de “viaje social”, más ahorrativos en términos
económicos o monetarios y amparados en la eficiencia para millones de usuarios
del resto de Europa, incluso del mundo.
Las páginas de acceso vía
internet, bajo la aplicación UBER, están preocupando y ocupando tanto a las
asociaciones que protegen a las personas consumidoras, como a las asociaciones
de profesionales del servicio público del taxi, están mirando con la mayor
expectación, dado que el crecimiento de usuarios de estas formas, en muchos casos
son auspiciadoras de competencia desleal, dado que no están sometidos al mismo
régimen fiscal, ni al sistema de licencias y/o concesiones públicas, ni por
supuesto a los mismos tramites de exigencia de calidad y todo ello, al margen
de las garantías de la defensa de sus derechos.
No se trata de sortear la
legalidad vigente, que bajo el nombre de “consumo colaborativo” basado en la
dotación de servicios entre particulares, sin intermediarios, al saltarse, con
el uso de páginas web de internet, ofrecidos por empresas u otras modalidades
que obtendrán beneficios, por ejercer el encargo de proveerlos.
Por todo lo expuesto, el
Grupo Parlamentario Socialista de la Asamblea de Madrid presenta y formula la
siguiente.
PROPOSICIÓN NO DE LEY
La Asamblea de Madrid insta
al Gobierno de la Comunidad de Madrid, para que este a su vez inste al Gobierno
de España a adoptar las siguientes medidas:
1. Ordenar
y regular las ofertas del llamado consumo colaborativo. La forma en que se
pueden y deben prestar este tipo de nueva modalidad para con los servicios
públicos, de transporte y otros para proteger los derechos de las personas
consumidoras, por parte de las formas o modalidades de negocio, que suponen
intermediar entre consumidores y/o usuarios para incrementar y mejorar la
información, la transparencia y la garantía de los derechos de estos servicios,
productos, etc., y de otros presentes y futuros que ofrezcan a las personas
consumidoras.
2. La
traslación al Gobierno de España, para que elabore y apruebe normativa que
desarrolle las Medidas de Protección del uso del Consumo Colaborativo, para que
este nuevo tipo de consumo, no impida que garanticen todos los derechos de las
personas consumidoras, que empresas, plataformas y otras modalidades,
empresariales, actúan y/o actuarán prestando el servicio de la intermediación, para
lograr poner en contacto a personas físicas o jurídicas en su condición de
consumidores y usuarios, con la adecuada y suficiente información. Asimismo, que
sean escuchadas y consultadas las Asociaciones que representan a las personas
consumidoras.
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