Sobre los servicios públicos de transporte de viajeros por ferrocarril y carretera y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) no 1191/69 y (CEE) no 1107/70 del Consejo.
Art 16: los servicio de interés los servicios de interés económico general (SIEG) se encuentran entre los valores comunes de la Comunidad Europea.
Art 86.2: Dispone que las empresas responsables de la gestión de servicios de interés económico general quedan sometidas a las normas del Tratado, especialmente las de competencia, en la medida en qué la aplicación de dichas normas no les impida, de hecho o de Derecho, el cumplimiento de su misión específica.
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