Por el que se desarrolla la
sección 2 del Capítulo IV del Título V del Reglamento de la Ley
de Ordenación de los Transportes Terrestres. Sobre arrendamiento de
vehículos con conductor.
El mencionado Reglamento de la
Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres fue aprobado por el Real Decreto 1211/1990 que regula dicha
sección, por lo qué se hace preciso desarrollar las previsiones contenidas en
los artículos 180,181 y 182 del Rott
estableciendo el régimen jurídico de las autorizaciones habilitantes para el
ejercicio de la actividad.
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