Las conocidas como normas UNE (UNE acrónimo de Una Norma Española) son un conjunto de normas tecnológicas creadas por los comités técnicos de normalización (CTN), de los que forman parte todas las entidades y agentes implicados e interesados en los trabajos del comité. Por regla general estos comités suelen estar formados por la ENAC, fabricantes, consumidores y usuarios, administración, laboratorios y centros de investigación.
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Tras
su creación, tienen un período de seis meses de prueba en la que son revisadas
públicamente, para después ser redactadas definitivamente por la comisión, bajo
las siglas UNE. Son actualizadas periódicamente.
Las
normas se numeran siguiendo una clasificación decimal. El código que designa
una norma está estructurado de la siguiente manera:
Norma |
A |
B |
C |
UNE |
1 |
032 |
82 |
A:
comité técnico de normalización del que depende la norma;
B:
número de norma emitida por dicho comité, complementado cuando se trata de una
revisión ‘R’, una modificación ‘M’ o un complemento ‘C’;
C: año
de edición de la norma.
Descripción general
El servicio de taxi es un servicio rápido,
cómodo y seguro que permite la utilización de un vehículo de tamaño reducido
para un uso individual o por parte de un grupo pequeño de personas con y sin discapacidad.
Este servicio suele estar disponible en todas las ciudades del mundo y en la
mayoría de los municipios pequeños a partir de un cierto número de habitantes,
pero, en cualquier caso, se trata de un servicio muy extendido y habitual.
Además, se trata de un medio de transporte muy necesario para las personas con
movilidad reducida gravemente afectadas, ante las dificultades de accesibilidad
o de itinerario que se observan en los transportes públicos colectivos en
general.
Sin embargo, los vehículos habituales en
los servicios de taxi no permiten el acceso con facilidad y en condiciones
dignas a la mayoría de estas personas. Por esa razón, la administración pública
a través del IMSERSO y la Fundación ONCE diseñaron hace años un programa
especial para apoyar financieramente la puesta en funcionamiento de un número
suficiente de taxis accesibles en los distintos municipios de la geografía
española.
Sin embargo, pese al esfuerzo económico
realizado, los usuarios plantean duras críticas sobre la escasez y el
funcionamiento del servicio de taxi accesible en muchos de los principales
municipios. Por su parte parece ser que los taxistas tampoco están
suficientemente satisfechos con el rendimiento de la dedicación específica a la
atención taxi accesible (conocido también como “eurotaxi”) por diversas causas,
entre ellas la falta de comprensión del conjunto de ciudadanos. Es decir, la
disponibilidad de un servicio de taxi no depende sólo de una correcta
adaptación de los vehículos, sino también de que los empresarios del taxi opten
por introducir este servicio específico.
Será necesario resolver todos los
problemas existentes para que las personas con limitaciones en la actividad
puedan disponer de un número suficiente de taxis adaptados y de un horario y
calidad de servicio también adecuado.
Elementos que garantizarán la accesibilidad integral a un servicio de taxi
A continuación indicaremos los principales elementos
que garantizarán la accesibilidad integral de un servicio de taxi accesible:
Solicitud del
servicio. El usuario debe poder demandar el servicio
de forma autónoma a través de medios de comunicación accesibles como una página
de Internet accesible (véase
ficha 6.11), utilizando un servicio de intermediación
telefónico (véase
ficha 6.3), o a través de fax, DTS, mensajes de
texto, etc.
Elementos
generales. Para poder llegar al taxi de forma
autónoma es necesario que el edificio donde se encuentra el usuario cumpla los
requisitos de accesibilidad que se proponen en las fichas
1.1 y 1.2,
especialmente si el edificio cuenta con una parada de taxis y una puerta de
salida especial hacia esta parada. Así mismo, el tránsito por la vía pública
hasta el taxi deberá estar libre de obstáculos (véase
ficha 2.4).
Acceso al
vehículo. Debe ser
fácil, cómodo y seguro. Hay que contemplar la altura del hueco para el acceso
(mínima recomendable de 1,30 m) y la anchura del mismo (mínima de 70 cm y recomendable
de 80 cm). Se deberá evaluar el ángulo mínimo de apertura del eje vertical en
puertas abatibles (mínimo de 90º) y la existencia de un dispositivo de
enclavamiento que impida el cierre de la puerta durante la operación de
entrada/salida.
Elemento de
ayuda en el acceso. Para facilitar el acceso se utilizarán
rampas que deberán tener una pendiente máxima del 30%, si se usa con ayuda y
del 10% si se usa individualmente por el usuario de silla de ruedas, y una
anchura exterior mínima recomendable de 80 cm. Si la rampa está constituida por
dos canaletas su separación interior máxima será de 20 cm. En este caso, las
canaletas tendrán un reborde de una altura mínima de 4 cm. La rampa debe poder
soportar un peso de 250 kg apoyados en el centro de su vano.
Superficie
de alojamiento. El vehículo dispondrá de espacio
interior suficiente para alojar como mínimo a un pasajero en silla de ruedas.
Esta superficie tendrá una longitud mínima recomendable de 1,20 m y una anchura
mínima de 70 cm. La altura mínima libre interior del vehículo desde el suelo
hasta el techo, en el área especificado por la Norma UNE 26494, será de 1,40 m.
El espacio permitirá al pasajero en silla de ruedas viajar en el sentido de la
marcha. Nunca se posicionará de modo transversal al eje longitudinal del
vehículo.
Seguridad del
pasajero viajando en su silla de ruedas. La
superficie de alojamiento de la silla de ruedas dispondrá de un dispositivo de
anclaje para la silla que soporte los esfuerzos de tracción, torsión y flexión
a los que puede exponerse la silla, así como a los movimientos de traslación y
giro. El anclaje deberá sujetar a la silla por elementos de su chasis y no por
otros deformables tales como las ruedas. El anclaje se sujetará al chasis o
bastidor del automóvil. El pasajero en su silla deberá disponer de un cinturón
de seguridad y un reposacabezas fijo o desmontable.
Personas con
movilidad reducida no usuarias de silla de ruedas. Para
facilitar las operaciones de entrada/salida del vehículo y sentarse/levantarse
en el vehículo se instalarán asideros situados de forma estratégica. Si la
altura existente entre la calzada y el piso es superior a la de los taxis
convencionales, se dispondrá de un escalón suplementario que reduzca esta
altura, al menos por una de las puertas.
Comunicación
dentro del vehículo. El interior del vehículo debería
contar con algunos dispositivos que favorezcan el intercambio de información
con personas con limitaciones para la comunicación (véase
capítulo 6).
Se
deberá evitar la instalación de mamparas que impidan la comunicación visual
directa. En caso de existir, deberán tener instalado un amplificador de
volumen, y permitir al usuario, en todo momento, la visibilidad del taxímetro,
sus tarifas, y que éste no contabiliza hasta que se confirma el destino. Se
debería permitir a la persona sorda sentarse junto al conductor.
El
taxímetro debería incorporar un sistema de comunicación por voz que
permitiese escuchar al pasajero los datos que se presentan de forma
visual en la pantalla (precio de bajada de bandera o en su defecto el que
presenta cuando es solicitado por teléfono, precio final de trayecto y el coste
de los suplementos a añadir).
Requisitos más comunes para la
adquisición del Bono-Taxi
Algunos ayuntamientos disponen de servicios de
Bono-Taxi para determinadas personas con discapacidad y para determinados
traslados, que hacen más barato o gratuito el servicio. Los requisitos más
comúnmente exigidos por los ayuntamientos para la adquisición del Bono-Taxi,
según Discapnet (página de Internet dirigida a satisfacer las
necesidades de información sobre discapacidad), son:
- Edad: Entre
16 y 65 años.
- Finalidad: Desplazamientos
a:
o centros
de formación o reconversión profesional
o academias
de conducir
o centros
de salud
o hospitales
o etc.
- Residencia: Empadronado
en el municipio donde se solicita.
- Discapacidad: Superior al 33% reconocida legalmente o dificultades que hagan imposible viajar en transporte público.
- Vehículo propio: No.
- Ingresos: Menores
o iguales al 200% del salario mínimo interprofesional.
Es
necesario que cada usuario se informe en su ayuntamiento sobre los requisitos
específicos exigidos en su localidad.
¿Dónde conseguir más información?
Adaptación de vehículos para personas con discapacidad.
Internet: www.imagina.org/enlaces/ldis_adapveh.htm
Red
de transporte adaptado para personas con discapacidad. Internet: www.arrakis.es/~engb/
Signalia
– Servicios para la accesibilidad (Información a través de la Fundación
CNSE).
Taxis accesibles
por localidades, provincias y comunidades autónomas. Internet:
http://imsersodiscapacidad.usal.es/estadisticas.asp?arg=Transporte
¿Qué normativa y bibliografía existe que pueda ser de utilidad?
Norma
ISO-7193 Sillas de ruedas. Dimensiones totales máximas.
Norma
UNE-111-915 Sillas de ruedas. Dimensiones totales máximas.
Norma
UNE-26-494 Vehículos de carretera. Vehículos para el transporte de personas con
movilidad reducida. Capacidad igual o menor a 9 plazas incluido el conductor.
Redondo
Martín-Aragón, J.A. (2004): Requisitos técnicos. Taxi accesible para
personas con movilidad reducida. CEAPAT-IMSERSO.
Fuente: http://www.proyectoabedul.es/opiniones-libroblanco-eurotaxi.htm
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